TRIBUNALES

El Supremo da la razón a Dyango por su versión de 'Maite'

EFE
BARCELONA

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El Tribunal Supremo ha dado la razón al cantante Dyango y a la discográfica con la que grabó la canción Maite al entender que la versión que hizo de la obra del compositor Pablo Sorozábal no perjudica ni menoscaba la reputación del autor, cuyos herederos consideraban que desvirtuaba el original.

Los herederos y titulares de los derechos de autor que correspondían a Sorozábal sobre la famosa canción demandaron a Dyango y Emi Odeón porque consideraban, entre otros argumentos, que era necesaria su autorización para la versión, que, en su opinión, suponía una transformación sustancial del original. Los alegatos de los herederos fueron rechazados por un juzgado de Madrid y después por la Audiencia Provincial, y ahora el Supremo también desestima el recurso que interpusieron contra esta última sentencia.

"NO ATENTA"

En la resolución dictada en marzo del 2001, la Audiencia de Madrid consideró que la discográfica estaba autorizada a hacer las modificaciones que se introdujeron en la canción original con el contrato que suscribió en 1985 con la Sociedad General de Autores (SGAE).

Según el contrato-tipo, la SGAE concedía a Emi Odeón el derecho a grabar las obras sonoras de su repertorio y se le autorizaba a introducir modificaciones para "satisfacer las necesidades de grabación", que no obstante no debían alterar el carácter del original. "No atenta contra los derechos morales del autor cualquier modificación de la obra, sino solo aquellas que supongan perjuicios a sus legítimos intereses o menoscabo de su reputación", dice la sentencia del Supremo.