El Tribunal de la UE endosa de nuevo el pago del canon digital a los usuarios

Soraya Sáenz de Santamaría, en rueda de prensa tras un Consejo de Ministros.

Soraya Sáenz de Santamaría, en rueda de prensa tras un Consejo de Ministros.

CARMEN JANÉ / BARCELONA

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha tumbado este jueves que el canon digital por compensación de copia privada se pague a cargo de los Presupuestos Generales del Estado mediante un importe fijo, como dictaminó el Gobierno del PP en el 2012, y señala que ha de ser abonado por los usuarios que realicen las copias, según una sentencia hecha pública este jueves.

El alto tribunal falla así sobre una pregunta del Tribunal Supremo de septiembre del 2014 a propósito de la reclamación de tres entidades de gestión de derechos de autor, que pedían que la compensación por copia privada fuera a cargo de las empresas tecnológicas y los usuarios que realizan las copias. El TJUE les ha dado la razón y ha pedido que el canon se aplique al comprador final, a quien considera el “deudor efectivo”, bien a través de gravar los aparatos o bien por los Presupuestos Generales, pero en este caso solo si se habilitan excepciones para las "personas jurídicas". Es decir, que sea un método selectivo y no universal como hasta ahora el español.

La Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (Egeda), Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA) y Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), incluidas en la Asociación para el Desarrollo de la Propiedad Intelectual (ADEPI), reclamaban porque, además, sus ingresos por compensación se han reducido en más de un 80% por año, según sus cálculos, lo que arroja un total de casi 400 millones de euros menos en conjunto, que ahora piden al Estado.

Las entidades percibieron en conjunto 83,3 millones de euros en el 2008 en una progresión que llegó a los 115 millones en el 2011. Cuando el Gobierno fijó en el 2012 la cuantía a cargo de los Presupuestos Generales del Estado, la dejó en cinco millones anuales y no la ha subido desde entonces.

Las entidades demandantes, satisfechas con la sentencia, exigen un sistema de compensación como el que se aplica en Francia, Alemania o Italia, donde hay un acuerdo entre fabricantes y entidades para gravar los soportes. “O si no, que se vuelva a la legislación anterior", explica Rafael Sánchez, director de relaciones institucionales de Egeda. "Quien debe pagar es quien se beneficia de la copia privada, la industria tecnológica que vende discos duros que se publicitan como con capacidad para 500 películas", señala. Pero la legislación anterior quedó invalidada en el 2011 cuando el mismo TJUE dictaminó que no podía aplicarse de modo universal sino que había excepciones: empresas, profesionales y administraciones públicas, principalmente. 

A juicio de las entidades, el sistema de retribución a los autores por copia privada debería en este momento incluir gravámenes sobre móviles, tabletas, discos USB, ordenadores, discos duros extraíbles, grabadores de disco duro o servicios en la nube tipo Dropbox o Drive, sostiene Sánchez.

PENDIENTE DE SENTENCIA

La sentencia del TJUE la ha de concretar ahora la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, donde Egeda, DAMA y Vegap han presentado desde febrero del 2013 una demanda por año reclamando la diferencia de ingresos que les supone el actual sistema. Según sus cálculos, unos 300 millones de euros a los que hay que añadir otros 100 correspondientes al 2015, año sobre el que aún no han demandado.

Para el director general de ADEPI, Antonio Fernández, la sentencia del TJUE supone "poner las cosas en su sitio" porque por un lado "obligará a cambiar la ley actual" y por otro "tiene un valor judicial" porque ayuda en su reclamación patrimonial contra el Estado. Fuentes de la asociación aseguran que el revés judicial a la ley española de propiedad intelectual que impulsó el secretario de Estado José María Lasalle y que en el 2014 consagró el sistema actual del canon, ya fue advertido al Gobierno por varios estamentos, entre ellos el Consejo de Estado y las memorias económicas, que estimaban que al menos la retribución compensatoria debía ser de 20 millones anuales.

“El Gobierno quiso hacer algo imposible y ahora lo va a pagar”, afirma Josep Jover, el abogado que logró la primera impugnación del canon digital en España con la sentencia Padawan en el 2010. “Tampoco se puede volver a la ley anterior, porque también está anulada. Tendrán que buscar otro sistema”, declara. El Ministerio de Cultura ha reaccionado acusando al PSOE de no haber acometido la reforma del canon y tildando la norma ahora rechazada de “sistema transitorio hasta que legislara la UE”. Para la Asociación de Internautas, el canon debería gravar los originales y no los dispositivos de copia.

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