instrucción concluida

El juez propone juzgar a Willy Toledo por insultar a Dios y la Virgen María

Willy Toledo, en la parroquia de San Carlos Borromeo de Madrid

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Ángeles Vázquez

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El juez de Instrucción número 11 de Madrid, Juan Javier Pérez, ha dado por concluida la instrucción del procedimiento abierto contra el actor Willy Toledo por insultar a Dios y a la Virgen María en Facebook y propone juzgarle por un delito contra los sentimientos religiosos, por los mensajes que escribió el 5 de julio del año pasado: "Yo me cago en dios y me sobra mierda para cagarme en el dogma de la santidad y la virginidad de la Vírgen María" y "me cago en la Virgen del Pilar y me cago en tó lo que se menea". Los que escribió al día siguiente y en Semana Santa, el magistrado los considera incluidos en el derecho a la libertad de expresión.

En su auto de transformación de diligencias, el magistrado afirma que los comentarios del día 5, con los que el actor ahondaba con un exabrupto en su crítica contra la apertura de juicio oral contra tres mujeres por la procesión de una gran vagina en Sevilla, "pudieran no estar amparados por ese derecho" y entiende que "no cabe aquí excluir la posibilidad de que integren el delito contra los sentimientos religiosos", lo que se determinará en el juicio oral, si llega a celebrarse, precisa.  

El intérprete, que tuvo que ser detenido ante su negativa a presentarse a dos requerimientos del magistrado, se negó a declarar, salvo a preguntas de su letrado, con las que negó el carácter delictivo de su comentario en redes sociales, al entender que le amparaba el derecho a la libertad de expresión.

Groseras u ofensivas

El magistrado distingue entre los mensajes en Facebook del actor. En los publicados el 14 de abril y 6 de julio del año pasado, sostiene, son manifestaciones que podrán considerarse "duras, acerbas, ásperas o groseras", pero realizadas "en el contexto de una crítica a una confesión religiosa", por lo que deben ser incluirse en el derecho a la libertad de expresión.

Se referían, precisa el juez, a las procesiones de Semana Santa, el primero, y a los dogmas de la inmaculada concepción, el segundo. En cambio, sostiene que los del 5 de julio son "frases potencialmente ofensivas desprovistas de todo sentido crítico, por cuanto no se encuadran en comentario alguno relativo a la religión citada". 

El auto, de apenas tres páginas, da ahora traslado al fiscal, que presentó la denuncia que dio origen a la causa, y a la acusación que ejerce la Asociación de Abogados Cristianos para que en el plazo de 10 días pidan el sobreseimiento de las actuaciones o la apertura de juicio oral.

El delito contra los sentimientos religiosos, penado con multa de ocho a doce meses, castiga a los que hagan "públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican".

La reacción de Willy Toledo

Toledo resalta que, "si la fiscalía o los denunciantes deciden que mi delito ha de ser llevado a juicio, la democracia borbónica juzgará a un individuo por un delito de BLASFEMIA. Seguimos".