SUCESO MORTAL EN LA AP-7

Exculpado el conductor del accidente de Freginals en el que murieron 13 universitarias

Los Mossos concluyeron que la causa del siniestro fue el cansancio del chófer, pese a que cumplió con los descansos legales

Estado en que quedó el autocar accidentado en la AP-7, a la altura de Freginals.

Estado en que quedó el autocar accidentado en la AP-7, a la altura de Freginals. / periodico

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El conductor del autocar que sufrió un accidente mortal en la AP-7, a la altura de Freginals el pasado 20 de marzo ha quedado exculpado de las consecuencias fatales del siniestro, que se saldó con 13 universitarias muertas y 34 heridos. La jueza ha archivado el procedimiento penal abierto por homicidio imprudente y lesiones contra el chófer al no apreciar indicios de delito en su actuación.

Para adoptar la decision, la magistrada ha constatado que el conductor dio negativo en los tests de alcohol y drogas, que respetó los tiempos legales de descanso y que no se distrajo con dispositivos móviles. La conducción se desarolló de forma estable y a la velocidad adecuada y no se produjo fallo mecánico.  

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El conductor circulaba de forma estable a la velocidad máxima permitida para la vía, 100 km/h, y a 300 metros del lugar del accidente el vehículo, "sin motivo aparente", se desplazó hacía el margen derecho de forma suave y sin cambios de dirección súbitos, según refleja el auto judicial. Además, con anterioridad, se produjeron variaciones significativas de velocidad que no se justificaban por la intensidad del tráfico ni con el trazado de la vía. Ante estos hechos, el informe pericial de los Mossos d'Esquadra concluía que la causa del accidente fue el cansancio del conductor.

LEGALIDAD

El chófer respetó el tiempo de conducción y descanso diario reglamentario, y cuando se produjo el accidente también había cumplido con el tiempo de conducción ininterrumpida porque llevaba al volante 1 hora y 47 minutos, además de que no fue a cenar y se quedó descansando.

"Los anteriores hechos denotan la inexistencia de una responsabilidad de la gravedad que es exigida por el Código Penal, no apareciendo indicios de la comisión de los delitos que se le imputan", argumenta el auto. La jueza, no obstante, deja abierta la puerta a las responsabilidades civiles en las que haya podido incurrir.

El autocar circulaba por la autopista AP-7 a la altura del kilómetro 333,2 en sentido La Jonquera cuando se salió de la vía por el margen derecho, y una vez reincorporado a la vía se volvió a salir por el lado izquierdo, en la zona de la mediana que separa los dos sentidos de la circulación. El vehículo volcó por su lateral izquierdo por encima de la barrera de protección lateral invadiendo por completo el carril izquierdo en sentido Alicante y parte del carril derecho del mismo sentido, cuando fue investido por un turismo.

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Cuando el chófer advierte que se ha salido de la vía por el margen derecho, circulando a 75 km/h, acciona el volante para corregir la posición; sin embargo, por la dirección adquirida por el vehículo y la velocidad a la que iba, conllevó que el autocar "se dirigiese frontalmente contra la mediana", según el auto. En ese momento, realiza "una maniobra evasiva compleja de frenada de emergencia y cambio de dirección" para conseguir el control del vehículo, pero sin éxito, por lo que choca contra la mediana, vuelca e invade el sentido contrario.