proceso judicial

La justicia belga deniega la extradición automática de Valtònyc

El rapero balear está reclamado por España para cumplir una condena de tres años de cárcel por apología del terrorismo, injurias a la Corona y amenazas

Roger Pascual

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La justicia belga ha dado un nuevo revés a la española al denegar la extradición automática del rapero Josep Miquel Arenas, más conocido como Valtònyc. Según han explicado los abogados de su defensa, Simon y Paul Beckaert, el juez de guardia ha aplazado la decisión hasta el 3 de septiembre a la espera de recibir las alegaciones de la fiscalía

“No han aceptado la extradición automática y hay que discutir, esto significa que el caso está cogiendo fuerza y volumen, que se va a discutir, que hay una justicia que esperamos que muestre ser independiente”, ha señalado Valtònyc a la salida del Palacio de Justicia de Gante. El rapero ha celebrado estar "en libertad", a diferencia de los políticos catalanes encarcelados o los jóvenes de Alsasua, que, ha considerado, no pueden tener "un juicio justo".

Un juzgado de Gante, ciudad en la que el músico vive desde mayo, ha celebrado este martes la primera vista sobre la euroorden dictada por España. Valtònyc huyó a Bélgica después de que el Tribunal Supremo ratificase la condena a tres años de cárcel por apología del terrorismo, injurias a la Corona y amenazas

En Gante, desde mayo

El 24 de mayo el tribunal español dictó una orden de busca y captura nacional, internacional y europea ante su marcha de España. La fiscalía de Flandes Occidental confirmó, dos días más tarde, que había recibido de las autoridades españolas la euroorden, pero el 5 de julio un juez de instrucción belga decidió mantenerle en libertad condicionala la espera de que otro magistrado estudiase su caso.

Su defensa argumenta que no existe la doble incriminación que se exige para la extradición, es decir, la tipificación análoga de los mismos delitos en ambos países. Aunque el delito de injurias a la corona sí existe en Bélgica, los abogados de Valtònyc consideran que debe interpretarse de acuerdo a las resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Un tribunal que en marzo condenó a España por multar a dos jóvenes catalanes que habían quemado fotos del rey emérito.