EL DEBATE SOBERANISTA
El PP promueve una reforma para que el Constitucional pueda sancionar a Mas
El Gobierno ha decidido reforzar los mecanismos legales existentes para evitar a toda costa que tras el 27-S haya una <strong>declaración unilateral de independencia </strong>(DUI). A a diez días del inicio de la campaña del 27-S, el portavoz del Grupo Popular en el Congreso de los Diputados, Rafael Hernando, ha comparecido en rueda de prensa junto al candidato del PPC a las elecciones catalanas, Xavier García Albiol, para anunciar que el PP aprobará con carácter de urgencia y antes de que se acabe la legislatura una reforma del Tribunal Constitucional para dotar a este organismo de capacidad sancionadora contra quien vulnere y no acate sus sentencias.
La reforma, que los populares prevén aprobar en el Congreso en el pleno del 29 de septiembre para que esté aprobada definitivamente en torno a octubre, prevé que el alto tribunal pueda "imponer multas coercitivas", que van desde los 3.000 y los 30.000 euros, "acordar la suspensión de las autoridades o empleados públicos responsables del incumplimiento o encomendar al Gobierno, aunque este esté en funciones, la ejecución de la sentencia".
En alusión directa al <strong>plan soberanista </strong>del 'president' <strong>Artur Mas</strong>, Albiol ha proclamado: "La broma se ha terminado". El candidato popular ha avisado que la reforma hará que "nadie" vaya a "proclamar la independencia de Catalunya" y se dirige especialmente contra aquellos que "pretenden romper Catalunya del resto de España".
"Hemos visto situaciones de desacato y esto se tiene que acabar", ha señalado Hernando en referencia a la consulta del 9-N. "A partir de ahora", ha añadido, "algunos se lo pensarán mejor", en alusión a Mas.
Albiol ha invitado a otros partidos, especialmente a Unió y el PSC, que respalden una iniciativa que "refuerza el Estado de Derecho". Hernando también ha invitado a sumarse a la misma a Ciudadanos.
Los detalles de la proposición de ley
Según el texto de la proposición de ley registrado este martes, la reforma atribuye "carácter de título ejecutivo a las resoluciones del Tribunal y establece, en materia de ejecución, la aplicación supletoria de la ley de jurisdicción contencionso-administrativa". En base a esta disposición, los jueces podrán "disponer en la sentencia quién ha de ejecutarla, las medidas de ejecución necesarias y, en su caso, resolver las incidencias de la ejecución".
El fallo se podrá "notificar a cualquier autoridad o empleado público" y en el caso de desobediencia, se solicitará un informe antes de decidir si se le impone una multa u otra sanción.
En el caso de que concurran "circunstancias de especial trascendencia", como podría ser una DIU, el tribunal de oficio o a instancia del Gobierno podrá adoptar las sanciones necesarias "sin oír a las partes". Posteriormente, en el plazo de tres días, escuchará a las partes y al fiscal y confirmará o modificará las medidas previamente adoptadas.
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