CAUSA POR REBELIÓN

El juez atribuye a Rovira "una función decisoria" en el proceso secesionista

La secretaria general de ERC, Marta Rovira, el pasado febrero.

La secretaria general de ERC, Marta Rovira, el pasado febrero. / periodico

Ángeles Vázquez

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El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena atribuye a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, “una responsabilidad política del mayor nivel” en los planes puestos en marcha para la “segregación territorial” de Catalunya. Dentro de su importancia política en el partido y como portavoz del grupo parlamentario de Junts pel Sí, tuvo “una función decisoria en la concepción y ejecución de un proceso soberanista” que centró la actividad política de la legislatura, como prevía la hoja de ruta Enfocats, señala el magistrado.

En su resolución, el magistrado concede un plazo de 10 días a Rovira para abonar la cantidad de 60.000 euros que le fue impuesta de fianza el lunes pasado tras prestar declaración en la causa por rebelión, sedición y malversación. Además, deberá comparecer cada 15 días en el juzgado más próximo a su domicilio.

En el auto, el magistrado también explica que decreta la libertad provisional del ‘expresident’ Artur Mas porque la investigación realizada hasta hoy le atribuye “una intervención política relativamente lejana”.

En cuanto a Rovira, para la que la acusación que ejerce Vox pidió incluso prisión provisional, pero la fiscalía, libertad bajo fianza, el magistrado señala que la exsecretaria general de ERC "ha jalonado sus responsabilidades políticas con declaraciones públicas en las que divulga su iniciativa, al tiempo que describía los actos (luego ejecutados) que permitían incumplir las trabas legales que impedían el objetivo colectivo que les impulsaba".

Así participó en las reuniones descritas por Josep Maria Jové en su agenda, en las que, dice el auto, "se debatía la mejor estrategia que debía seguirse para lograr la independencia". También hace referencia a las conversaciones telefónicas en las que se aprecia su participación "con una clara capacidad decisoria, en la organización y provisión de los centros de votación en los que podía celebrarse el referéndum ilegal que había de conducir a la declaración de indepencia".