DECISIÓN JUDICIAL
El juez niega ahora que los titiriteros elogiaran a ETA
El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno afirma ahora que los titiriteros que exhibieron un cartel que rezaba Gora Alka ETA en las fiestas del Carnaval en Madrid el pasado mes de febrero no han cometido un delito de enaltecimiento del terrorismo. Por ello, archiva el proceso a Alfonso Lázaro y Raúl García, pero remite la causa a los juzgados de Madrid por considerar que la obra que representaron, 'la bruja y don Cristóbal' pudo atentar contra el ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Además, el togado se ha negado a investigar a los actores Alberto San Juan y Gloria Muñoz que representaron esta obra el pasado mes de abril porque lo hicieron "por solidaridad".
Este juez mandó a la carcel a los titiriteros a petición de la fiscalía tras recibir un atestado policial en el que varias personas denunciaban el contenido de la obra. Cinco días más tarde, el ministerio público solicitó la puesta en libertadpuesta en libertad de los artistas que fue acordada por el togado tras el escándalo que provocó su detención. Desde entonces el magistrado ha interrogado a testigos que asistieron a la representación de la obra y ha asumido el criterio del fiscal que ahora niega que los titiriteros hayan cometido un delito de enaltecimiento a ETA.
La fiscalia sostiene ahora que los artistas "pretendían realizar una crítica a lo que consideran los cuatro poderes que rigen la sociedad española": la propiedad, las instituciones religiosas, las fuerzas de seguridad y el poder judicial. Además, usaron el esperanto como idioma mientras utilizaban a unos muñecos con figura de juez, que fue ahorcado, o apuñalaban a una monja con un crucifijo y exhibieron el cartel con la mención a la organización terrorista.
La fiscalía admite que los actores con la colocación de este cartel en el cuerpo de la monja buscaban "realizar una crítica a la actuación policial al confeccionar pruebas falsas". Por ello, rechaza que su intención fuera realizar "manifestaciones de elogio al terrorismo". No obstante, considera que el contenido de la obra puede ser constitutivo de un delito contra el ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas que se perpetra cuando se lesiona la dignidad de las personas por actos que entrañen humillación por razón de sus creencias, situación familiar y pertenencia a una etnia, raza o nación.
EL ACUERDO DEL JUEZ
El juez asume estos argumentos y reconoce que solo puede investigar estos hechos si estuvieran relacionados con terrorismo, ya que la Audiencia Nacional no es competente para perseguir los delitos contra los derechos fundamentales. Por ello, remite su investigación a los juzgados de Madrid "al no haber quedado acreditado el elemento de elogiar, enaltecer o justificar la actividad terrorista".
Además, el magistrado se niega a abrir una causa a los actores Alberto San Juan y Gloria Muñoz que representaron esta obra el pasado mes de abril y que también fueron denunciados por la Asociación de Víctimas del Terrorismo porque la policía no levantó un atestado por alteración del orden público y no existió denuncia de que asistieran menores a la función. Y porque los actores han explicado que representaron la obra "para reivindicar el derecho a la libertad de expresión". Por ello, Moreno archiva este caso porque "ni por el contexto, ni por las circunstancias, ni por los fines perseguidos nos encontramos ante un enaltecimiento del terrorismo".
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