Una maraña judicial

Arnaldo Otegi, con el puño en alto, a su salida de la cárcel de Logroño.

Arnaldo Otegi, con el puño en alto, a su salida de la cárcel de Logroño. / VPW//YH/

AITOR UBARRETXENA / SAN SEBASTIÁN

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La complejidad jurídica que rodea la candidatura de Arnaldo Otegi ha llevado al fiscal superior del País Vasco, Juan Calparsoro, a admitir públicamente que EH Bildu tiene "argumentos legítimos" para presentarle como candidato. Sin discrepar abiertamente de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, cuya decisión de pedir a las Juntas Electorales de Euskadi que cierren el paso al líder de Sortu "comparte y asume", Calparsoro ha reiterado en los últimos meses que, para evitar la actual controversia, la sentencia de la Audiencia Nacional contra Otegi por el 'caso Bateragune' debía haber especificado los cargos para los que quedaba inhabilitado Otegi.

Sobre el dirigente de Sortu recaen dos inhabilitaciones, ya que además de la inhabilitación especial para empleo o cargo público, que es la que la defensa de Otegi considera que no se puede aplicar por ser genérica, existe una segunda inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, que le imposibilitaría ser candidato en ningún tipo de comicios. Si los tribunales consideran que está vigente, valdría por sí sola para alejarle de la carrera a la Lendakaritza.

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La situación se complica aún más puesto que Otegi ya arrastraba otra inhabilitación absoluta, anterior a la del 'caso Bateragune'. Fiscalía y Abogacía del Estado consideran que hasta que la primera no finalizó, el 4 de septiembre del 2014, no comenzó a contar la segunda, que acabaría el 28 de febrero del 2021. La defensa estima, por el contrario, que ninguna inhabilitación absoluta puede ser aplicada, y respecto a la inhabilitación del sufragio pasivo, considera que se trata de una pena accesoria a la prisión, por lo que una vez que Otegi recuperó la libertad el pasado 1 de marzo, ya se habría extinguido.

Aún existe otra vía más para impedir que Otegi llegue a la Cámara vasca, ya que cabe la opción de apelar a la jurisprudencia de diferentes países europeos en las que se estima que todo condenado por terrorismo queda automáticamente vetado para cargo público.

En todo caso, en primera instancia será la Junta Electoral de Guipúzcoa quien decida el 29 de agosto si Otegi pasa el corte. Con toda probabilidad, alguna de las partes enfrentadas recurrirá ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, y los recursos acabarán llegando hasta el Tribunal Constitucional, que deberá pronunciarse antes del inicio de la campaña electoral, el 9 de septiembre.