Castro alude al "beneplácito" de Camps en los convenios de la Generalitat valenciana suscritos con el Instituto Nóos

El juez sostiene que la reunión en la Zarzuela tuvo un "impacto psicológico" en las autoridades valencianas

Francisco Camps y Rita Barberá, juntos en un acto electoral en mayo del 2011.

Francisco Camps y Rita Barberá, juntos en un acto electoral en mayo del 2011.

MARISA GOÑI / Palma

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"Sin el beneplácito del presidente, Don Francisco Camps, no se comprende ese sometimiento de la Generalitat valenciana a las exigencias de Don Iñaki Urdangarin". Así de explícito se muestra el juez de Palma José Castro en la exposición razonada que ha remitido este viernes al Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana (TSJCV) para que asuma la competencia la parte valenciana del 'caso Nóos' por la condición de aforados de Camps y de la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá. Según el magistrado, "existen indicios racionales" de que Camps y Barberá "han podido tener decisiva e imputable intervención" en los contratos suscritos entre el Instituto Nóos y las administraciones valencianas. En su escrito, el juez señala cuatro posibles delitos cometidos supuestamente por Camps y Barberá: prevaricación, falsedad documental, fraude administrativo y malversación de caudales públicos.

En su escrito de 71 folios, Castro sostiene que el convenio de los foros Valencia Summit se suscribió "sin que se iniciara absolutamente ningún procedimiento administrativo de contratación y en exclusiva atención a que por el responsable político de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, era hartamente conocido que al frente de Nóos estaba Iñaki Urdangarin, a cuyas pretensiones entendía que era obligado acceder en atención a que era yerno de S.M. el Rey".

Por la organización de cada una de las tres ediciones, la fundación se llevó un canon de 1.044.000 (IVA incluido). Aunque el contrato preveía una comisión de seguimiento, el juez indica que "para mayor impacto psicológico hacia las autoridades valencianas" se convocó a Camps y Barberá en el palacio de la Zarzuela a un encuentro que pudo tener lugar el 29 de enero de 2004. "El objeto no era otro que el de obtener el convocante la adjudicación, como consecuencia de un acto meramente voluntarista y al margen de cualquier procedimiento administrativo", añade Castro.

"Vestir el santo"

En la exposición razonada, el magistrado subraya el interés de declaraciones como la de Elisa Maldonado, directora de gestión de la Ciudad de las Artes y las Ciencias, que admitió ante la policía haber recibido la orden de "vestir el santo" para la confección del expediente administrativo, donde hubo corrección de fechas, aunque luego matizó estos extremos en su declaración judicial, ofreciendo una versión poco creíble para Castro. También cuestiona algunos de los testimonios recabados entre políticos del segundo escalafón de la Generalitat valenciana y avala su planteamiento con documentos administrativos y facturas.

Además de los Valencia Summit, Castro se refiere en su escrito al contrato suscrito con Nóos para la celebración de los juegos europeos para los que se reservaron 6 millones de euros y se acabaron pagando 382.000, pese a que no se llevaron a término. El magistrado pone de relieve "la sorprendente celeridad de este expediente", realizado en tres días en medio de las fiestas navideñas, "lo que no es un impedimento jurídico, pero sí una no muy usual práctica".