PROCESO JUDICIAL POR LA CONSULTA ALTERNATIVA

Mas pide que Rajoy declare como testigo en el juicio por el 9-N

Mariano Rajoy y Artur Mas, en un acto en Barcelona en mayo del 2015

Mariano Rajoy y Artur Mas, en un acto en Barcelona en mayo del 2015 / periodico

J. G. ALBALAT / BARCELONA

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Los abogados del expresidente de la Generalitat Artur Mas y de las 'exconselleres' Joana Ortega e Irene Rigau han solicitado en el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) que declaren como testigos en el juicio por la consulta del 9-Nconsulta del 9-N el actual presidente de GobiernoMariano Rajoy, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá. Los letrados Javier Melero, que representa a Mas; Rafael Entrena, defensor de la exvicepresidenta, y Jordi Pina, abogado de la extitular de Ensenyament, han presentado este jueves sus escritos de defensa, en los que reclaman la absolución de los tres investigados. Ahora solo faltará que fijar los días en que se desarrollará el juicio.

Entre los testigos propuestos por la defensa de Mas también figura el diputado en el Congreso Francesc Homs, que está siendo investigado en el Tribunal SupremoTribunal Supremo por la misma causa y que en su declaración judicial sostuvo que un miembro del Gobierno del PP se puso en contacto con él para llegar a un acuerdo sobre la consulta. “Se nos ofreció que si el ‘president’ Mas, la noche del 9-N, no hacía una comparecencia pública, no harían nada”, declaró Homs ante el juez.

La defensa de Mas, para quien el fiscal reclama 10 años de inhabilitación, también ha propuesto como testigos a la expresidenta del Parlament Núria de Gispert, al director del Institut d’Estudis Autonòmics, Carles Viver Pi-Sunyer, y al exalcalde de Barcelona Xavier Trias, entre otras personalidades de la política y catedráticos de Derecho constitucional.

PARALIZACIÓN DE LA CONSULTA

El escrito de defensa de Mas señala que el Govern de la Generalitat, con exclusión de sus funciones respecto al orden público, la seguridad ciudadana y la gestión de la información y los sistemas informáticos públicos, interrumpió los preparativos del proceso participativo tras la providencia del Tribunal Constitucional del 4 de noviembre del 2014 que prohibía la consulta.

El texto concreta que no se puede mezclar el hecho de poner a disposición de los ciudadanos determinados medios públicos para que se llevara a cabo un proceso de carácter participativo, “enmarcado en una acción política completamente lícita y defendible en cualquier sociedad democrática”, con el de organizar un referéndum oficial, desobedeciendo una resolución judicial, y menos que ello pueda considerarse una acción delictiva.

LOS VOLUNTARIOS

El documento incide en que, “en atención al derecho de participación y de libertad de expresión que tienen todos los ciudadanos de Catalunya”, el Ejecutivo catalán puso a su disposición “cierta infraestructura material” que fue utilizada “en todo momento” por parte de las personas que presentaron como voluntarias para llevar a cabo la consulta alternativa. Los voluntarios, precisa, ni fueron “coaccionados” ni eran “dependientes jerárquicos de la Administración”. La Generalitat, agrega la defensa, veló por que “todos los ciudadanos pudieran ejercer sus derechos en condiciones de igualdad, por lo que era imprescindible que estos fuesen informados a través de medios de comunicación e internet”.

“El presidente acató la resolución, anunciando públicamente el desestimiento de su Govern de llevar a cabo el proceso participativo y dejarlo íntegramente en manos de los voluntarios”, recalca la defensa de Mas, que no deja de reseñar “el éxito” que tuvo esa decisión: en un solo día las solicitudes superaron a las necesarias. Aclara que si algunos de estos voluntarios eran funcionarios de la Generalitat, hicieron esta colaboración “fuera de su horario laboral”, a la vez que encuadra la cesión de espacios públicos (colegios) en una "acción que queda plenamente dentro del impulso de la acción política".

CONTRATOS ANTERIORES

El abogado de Mas argumenta que los servicios utilizados para que se celebrara el 9-N se contrataron antes de la prohibición del Constitucional (material, informática, publicidad) o se paralizaron cuando se dictó la suspensión (página de consulta en internet). Y que la apertura de los centros educativos públicos transcurrió “con toda naturalidad y sin oposición de sus responsables”. "La Generalitat intentó, dentro de sus posibilidades, dar cumplimiento a la resolución" del alto tribunal, aduce.

La defensa enfatiza la "pasividad" del Gobierno central y de la fiscalía el día de la votación, ya que en ese momento no observaron en los hechos "el caracter delictivo que tan claramente ve ahora". Los abogados rechazan que los investigados cometieran un delito de desobediencia, pues, a su entender, el mandato del Constitucional no era una orden "concreta, precisa y determinada". Por lo tanto, la conducta del 'expresident' no tiene caracter de "negativa abierta, rebelde y reiterada". Los escritos de defensa Ortega y Rigau van exactamente en el mismo sentido.