TEXTOS CONFLICTIVOS
El TSJC ve delito en un artículo de Torra, pero dice que ha prescrito
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G. Albalat
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) estima que el artículo escrito en el 2012 por el presidente catalán Quim Torra en que comparaba con las bestias a las personas residentes en Catalunya que no comulgan con sus ideaspodría constituir un delito de incitación al odio, aunque ya ha prescrito.
En un auto, el alto tribunal catalán ha rechazado admitir a trámite la querella que Vox presentó contra Torra por conspiración para la rebelión y encubrimiento, por su apoyo al proceso independentista, así como incitación al odio, por los tuits y artículos de opinión que publicó en los últimos años críticos con los no nacionalistas.
Respecto al resto de los tuits y a la mayoría de artículos de Torra denunciados, el alto tribunal considera que no se ha cometido delito, al estar "amparados" por la libertad de opinión y expresión, "por desabridas e incluso supremacistas que se consideren" sus opiniones.
El polémico artículo
La excepción, para los magistrados, es el artículo La lengua y las bestias. "Ahora miras a tu país y vuelves a oír hablar de bestias. Pero son de son de un otro tipo. Carroñeras, vivoras, hienas. Bestias con forma humana (...) Están aquí, entre nosotros. Les repugna cualquier expresión de catalanidad. Es una fobia enfermiza. Hay alguna cosa freudiana en estas bestias (...) Viven en un país del que lo desconocen todo: su cultura, sus tradiciones, su historia. Se pasean impermeables a cualquier acontecimiento que represente el hecho catalán. Les crea urticaria. Les rebota todo lo que no sea español y catalán", señala aquel artículo.
El TSJC sostiene que Torra empleó en ese artículo "expresiones que se revelan como innecesarias para transmitir su opinión y que resultan prima face insultantes y ofensivas para la dignidad de las personas". Sus palabras son, añade la resolución, "susceptibles de generar en espíritus acríticos sentimientos de hostilidad hacia el colectivo al que se refiere".
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