Contrapunto

Vacaciones iguales, indemnizaciones diferentes

La igualdad de trato entre trabajadores fijos e interinos continúa generando polémica

Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.

Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid. / periodico

Salvador Sabrià

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La progresiva pérdida de derechos de los trabajadores que se ha ido consolidando durante el periodo más duro de la crisis está chocando ahora con la interpretación de la ley por parte de varios de los tribunales de máximo rango. En el caso español, el Tribunal Supremo (TS), y en el ámbito superior, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La última sentencia en este sentido ha sido la del Supremo, que se conoció el pasado miércoles, y que, en síntesis, declara nulo despedir a los profesores interinos en junio, al final del curso estrictamente lectivo, y volverlos a contratar en septiembre. Esta práctica se intentó poner en marcha de forma masiva a partir del decreto de los grandes recortes del 2012, pero chocó con una fuerte oposición por parte de algunas autonomías y de los sindicatos en general.  Sin embargo, otras, como la de Murcia, objeto de la citada sentencia del TS, se apuntaron a esta vía de ahorro de gasto público a cargo de las nóminas de una parte de sus empleados. 

Aunque no hay datos exahustivos al respecto, esta práctica en algunos ámbitos de la administración pública se aplicó también el sector privado. A la hora de la verdad, dos profesores que realizaban exactamente el mismo trabajo, pero con la diferencia de que uno tenía la plaza fija y el otro no, acababan cobrando de forma muy diferente. Mientras el de carrera no dejaba de ingresar en ningún mes del año, aunque no estuviese atendiendo directamente a alumnos en las aulas, al interino se le acababa la nómina en junio. El Tribunal Superior de Justicia de Murcia dio la razón a la Administración autonómica. Pero los interinos llegaron hasta el Supremo y este ha sentenciado que se trata de una práctica que vulnera el principio de no discriminación. 

En otros casos relativamente similares, la abogada general del TJUE se ha pronunciado en la misma línea que el Tribunal Supremo. Falta la sentencia definitiva, pero las coincidencias argumentales entre los dos tribunales parecen indicar que se aplicó de forma ilegal un ajuste a la parte más débil de los trabajadores del sector público. Sin duda se trata de una victoria en la recuperación de derechos, pero está por ver hasta que punto tendrá carácter retroactivo o sus efectos quedarán limitados a la prescripción de cuatro años, en lugar de los seis desde el momento en el que se empezó a aplicar. 

El trato a los interinos está siendo objeto de mucho debate jurídico. En el tema de los despidos veraniegos cada vez hay menos discrepancias: a igual trabajo, igual salario y compensaciones. En cambio, aumentan las discrepancias sobre el derecho a la misma indemnización entre fijos y empleados con un trabajo de duración determinada, incluso en el caso en que esta se alargue mucho más en el tiempo que el inicialmente pactado. Este aspecto debería quedar mucho más claro de lo que está ahora, sobre todo en un país en el que la tasa de temporalidad es de las más altas de la UE.