Reminiscencias del pasado

¿Se cumplen aún leyes antiguas?

Algunas normas derogadas se han convertido en una tradición socialmente vinculante, lo que habría que tener en cuenta a la hora de legislar

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Jordi Nieva Fenoll

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Nadie se cree influido por leyes que hace mucho tiempo que ya no están en vigor. Sin embargo, cuando el cumplimiento de dichas leyes estuvo muy promovido, por ejemplo, por la religión o, incluso, cuando una conducta estuvo terriblemente sancionada en el pasado por la legislación, cabe formular la hipótesis de una reminiscencia de la norma en la población que quizás solamente se pueda explicar por la fuerte -a veces, fortísima- persistencia intergeneracional de un anticuado valor obligatorio de esas leyes ya derogadas.

Quizás el ejemplo más evidente sea la llamada ley del talión, de una antigüedad de al menos 4.000 años. Aunque todavía está en vigor en no pocas culturas, el cristianismo produjo su ruptura radical. Ya no era ojo por ojo y diente por diente, sino que había que poner la otra mejilla. Traducido en términos jurídicos y sociológicos, esa última frase significa que, si alguien me lesiona, yo no gano nada viendo cómo le lesionan a él, sino que lo mejor es analizar cómo indemnizarme a mí y ver cómo convencer eficazmente al agresor de que no lo vuelva a hacer. Es decir, la abolición de la venganza.

En ambos puntos, tanto el Derecho penal como la psicología han invertido enormes esfuerzos, planteando la posibilidad de que la pena ya no sea un castigo, sino un tratamiento para rehabilitar al delincuente, sobre todo en conciencia de que ello es mucho más eficaz para la prevención de delitos futuros que el ojo por ojo, que genera espirales de violencia que pueden no cesar nunca, creando constantes problemas entre la sociedad que pueden acabar hasta en la guerra, la culminación más salvaje del talión.

Más rencillas

Sin embargo, siguen siendo extraordinariamente frecuentes en la sociedad frases absurdas como "el que la hace, la paga", basadas directamente en esa antigua ley y que, por ejemplo, hacen desear indiscriminadamente la cárcel para cualquier persona que odiamos. Suerte que con el tiempo la población se va dando cuenta de que los escarmientos solo provocan más rencillas o que pegar a un niño para corregirle no es más que transmitirle un escalofriante ejemplo de violencia para su futuro o bien que la pena de muerte no solo no evita los delitos, sino que es un vulgar asesinato.

Otra de esas leyes con las que cabe hipotetizar una reminiscencia es la prohibición del adulterio. Hasta 1978 estuvo sancionado en España con una pena de hasta seis años de prisión -antiguamente la sanción había sido la muerte-, que, además, dependía de que el marido o esposa quisiera perdonar a su pareja. Quizás esa patrimonialización mutua de los cónyuges -eres mía / eres mío- pudo producir una muy extendida conciencia social de rechazo frontal a las relaciones sexuales con terceras personas, siendo visto como algo relevante e insultante. En este delicadísimo tema, además, diversas tradiciones y tendencias sociales han elevado el acto sexual a la categoría de paradigma metafísico. Esa misma visión está en la base del llamado 'amor romántico'. en el que algunos estudiosos de la violencia de género se han comenzado a fijar como un posible factor sorprendentemente generador de la misma. Es factible que esta línea de investigación tenga continuidad.

Relacionado directamente con la violencia sobre la mujer está el machismo, otra de esas conductas que se explican por muchas razones, entre las cuales es posible que también estén las leyes antiguas. En tantos Estados, la mujer precisaba la tutela de otro hombre de por vida. Y así fue hasta la abolición paulatina de semejante barbaridad, al menos en España, en los años 60-70 del siglo XX. Pero de todo aquello y de los siglos precedentes ha podido quedar ese supremacismo del varón que todavía se observa demasiadas veces.

Y qué decir de la homosexualidad, castigada con la muerte antiguamente -y aún hoy- o con la prisión u otras penas en pleno siglo XXI por no pocos estados y religiones. Precisamente otra ley, la que permitió el matrimonio homosexual (2005), fue muy decisiva en un evidente -aunque aún insuficiente- cambio de conciencia social al respecto.

Todo lo relatado en este artículo no son más que hipótesis, puesto que las conductas citadas se podrían explicar también a través de otros factores. He querido llamar la atención solamente sobre uno de ellos que se suele pasar por alto: la conversión de leyes derogadas en tradición socialmente vinculante. Quizás en el futuro habría que tenerlo más en cuenta, sobre todo a la hora de legislar.