En sede vacante

La nula eficacia jurídica de la playa

Josep Maria Fonalleras

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Hace tiempo, un catedrático de Derecho me ofreció una versión plausible del trabajo que debía llevar a cabo un tribunal constitucional. Ante la tentación de primar con prepotencia la Constitución por encima de cualquier ley que pudiera dañar o recortar un trocito de su autoridad, la misión del tribunal debe consistir en tratar de encontrar las brechas que deberían permitir que una norma encajara sin recortes en el seno de la ley de rango superior. O sea, en lugar de entender que su labor es la del perro ladrador, el Cerbero que custodia, con virulencia y mala uva, las esencias y los orígenes del propio tribunal, los jueces que forman parte de él deberían actuar con la filosofía del «veamos lo que podemos hacer», atentos a la bondad de lo que revisan, casi deseosos de encontrar la conjunción de los perfiles, como si se tratara de la lenta y medida devoción de un aficionado a los puzles.

No ha sido así. Lo que sabe mal, lo que más duele de la sentencia –más

allá del detalle de los recortes y de los secretos que todavía se ocultan– es la fijación por dejar claras las evidencias. Todos sabíamos que la mención de la nación no tenía eficacia jurídica, porque un preámbulo es siempre una excursión metafórica y literaria. Recordarlo es como afirmar que el marco no forma parte del cuadro o que la playa no pertenece al océano. Recordarlo es tratarnos de idiotas. Peor: es confirmar, con la crispación del perro hambriento que solo contempla al oso que roe, rotundas seguridades que tienen el aval poderoso, como dice la Constitución, de las fuerzas armadas. Creíamos que habíamos entrado en una tienda de puzles y encajes. Ahora sabemos que se trataba de una droguería donde venden la mezcla para formar un mortero con otras prestaciones. Los drogueros venden un cemento indisoluble.