El debate sobre el calendario escolar

La conciliación como derecho de la infancia

El sistema actual de vacaciones escolares ha dejado de tener sentido

Alumnos del colegio público Cisneros de Santander juegan en el patio.

Alumnos del colegio público Cisneros de Santander juegan en el patio.

MONTSE ROS

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"A más cómo, menos por qué" (Jorge Wagensberg).

¿Por qué mantenemos un calendario escolar rural y eclesiástico? Nuestro calendario tiene unas largas vacaciones en verano porque en tiempos se necesitaban todas las manos posibles, incluidas las del profesorado y las del alumnado, para cosechar. En ello iba el sustento. Nuestro calendario tiene vacaciones en Navidad y en Semana Santa porque la Iglesia era la institución educativa básica, el profesorado era religioso y en esos días hacía falta para los oficios.

Hace ya mucho tiempo que esto no tiene sentido pedagógico, ni económico, ni religioso. Las razones para un cambio de horarios y calendarios escolares son sencillas y gozan de un gran acuerdo. En primer lugar, el aprendizaje y el bienestar aumentan con la alternancia de períodos de trabajo y concentración con períodos de descanso, o juego libre o actividad física. Esto vale para el horario diario y para el calendario escolar. Es una mejora educativa. En segundo lugar, el aprendizaje y bienestar crecen con el tiempo y la calidad de las relaciones familiares, vecinales, escolares. Es una mejora educativa. El problema no es el por qué. El problema es el cómo.

'COLOCAR' A LOS NIÑOS

¿Cómo hacer para que los dos elementos no entren en contradicción? Si el calendario escolar se ordena a partir de la lógica del aprendizaje dentro de la propia institución y no atiende a las necesidades de conciliación, lo que gana por un lado, lo pierde por el otro. 'Colocar' a los niños y a las niñas no es lo mismo que convivir con ellos, ni alivia el estrés escolar.

Atender a las necesidades de conciliación supera en mucho al mundo escolar. Implica a los horarios del comercio, convenios de trabajo, calendarios de alumnos universitarios que emplean sus vacaciones para trabajar de monitores... Organizar todo esto es trabajoso y necesita un impulso político mayor que el de las consejerías de educación.

Esther Sánchez publicó en el 2011<strong> 'Conciliar para Educar'</strong>. Ponía de relieve un conflicto normativo a tener en cuenta. El Código Civil encarga a la familia el cuidado, custodia y educación del menor. Si alguien no lo hace puede ser denunciado y sancionado. Esta obligación civil choca con la obligación de cumplir un horario laboral estipulado por contrato. Si alguien no lo hace puede ser sancionado o despedido. Se conoce bien la progresiva desregulación horaria y la extensión del tiempo de disponibilidad. La jurisprudencia española mantiene la preeminencia del cumplimento de los derechos de la empresa estipulados por contrato. Es el momento de cambiar todo esto.

El interés superior de la infancia tiene que prevalecer para establecer el derecho a la conciliación y a horarios sociales de convivencia. Desde esta prelación normativa, hay que renegociar convenios y contratos para hacer compatible una organización eficiente del trabajo con el derecho superior de la infancia.