Análisis
Cassandra y por qué no es delito tuitear chistes
La sentencia supone el paroxismo de una tendencia restrictiva de la libertad de expresión inasumible en un ordenamiento liberal-democrático
Germán M. Teruel
Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Murcia y analista de Agenda Pública. Becario de "la Caixa".
GERMÁN M. TERUEL
Contar chistes, en principio, no puede ser delito, y aún menos puede ser enjuiciado como un delito de terrorismo. De ahí que sean varios los órdenes de razones que me llevan a concluir que la reciente condena de la Audiencia Nacional a Cassandra Vera por tuitear chistes sobre Carrero Blanco desborda los límites de la sensatez jurídica.
En primer lugar, porque la Audiencia Nacional no está para juzgar chistes en Twitter. Siempre he entendido justificada la existencia de un órgano como la Audiencia Nacional para enjuiciar delitos cuyo conocimiento, por su complejidad e impacto territorial, es mejor atribuir a un órgano judicial central y especializado (así, el terrorismo, bandas organizadas, etcétera). Pero creo que el primer disparate jurídico reside en enjuiciar el delito de enaltecimiento como una forma de terrorismo cuyo conocimiento corresponde a la Audiencia Nacional, abriendo procesos ante la misma por las necedades que veinteañeros expresan en redes sociales.
TENDENCIA RESTRICTIVA
En segundo lugar, la interpretación que realiza la sentencia de la Audiencia Nacional del delito de enaltecimiento terrorista, siguiendo fielmente el dictado de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, supone el paroxismo de una tendencia restrictiva de la libertad de expresión inasumible en un ordenamiento liberal-democrático.
La doctrina académica ha venido denunciando la interpretación expansiva de los delitos que castigan conductas de justificación o enaltecimiento sin que concurra una provocación que genere un peligro real. Y el propio Tribunal Supremo parecía haber asumido este criterio en sentencias como la del asunto Kalki en un no tan lejano 2011. Incluso algo de ello, aunque discretamente, podía verse en la reciente doctrina del Tribunal Constitucional sobre el delito de enaltecimiento (112/2016). Más allá, se asume pacíficamente que no está amparada por la libertad de expresión la humillación de las víctimas. ¿Pero contar un chiste en Twitter de verdad puede ser considerado como un acto de humillación? Hasta la propia nieta de Carrero Blanco lo negaba.
DISPARATE LIBERTICIDA
Con el caso Cassandra la Audiencia Nacional ha firmado un disparate liberticida. Pero no ha sido el único. Desde el año 2014, cuando la Guardia Civil, con impulso de la Fiscalía, puso en marcha la operación Araña para filtrar las redes sociales, este tipo de casos se están convirtiendo en demasiado habituales. Y el Tribunal Supremo, para colmo, ha endurecido su doctrina en un viraje igualmente liberticida (véase a este respecto la sentencia del caso Strawberry).
Todo ello en un clima neoinquisitorial donde la intolerancia brota en discursos odiosos o insensibles y en las respuestas que se reclaman contra los mismos. Reconozco mi preocupación por la libertad de expresión, pero también por la falta de madurez democrática que están demostrando nuestra sociedad y sus instituciones
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