LA INSTRUCCIÓN DE UN ESCÁNDALO FINANCIERO

'Caso Bankia': Del palacio de Cibeles al banquillo de los acusados

El auto de la Audiencia Nacional del 13 de febrero abre la posibilidad a un juicio con el Banco de España, los consejeros y la auditoría externa

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ANDRÉS HERZOG

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La decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional materializada en el auto de 13 de febrero de 2017 pasará a los anales de la historia judicial como la primera vez que se llama a declarar en calidad de investigados a los máximos responsables de los organismos supervisores españoles por posibles irregularidades en el desempeño de su función supervisora. Es más, tampoco se conoce ninguna decisión parecida en ninguno de los países de nuestro entorno, que al igual que España sufrieron los estragos de la crisis financiera internacional, en nuestro caso agravada por la burbuja inmobiliaria que irresponsablemente dejaron crecer y crecer nuestros políticos.

Las imputaciones han suscitado todo tipo de reacciones y manifestaciones, algunas más jurídicas y otras claramente políticas. Los mismos partidos políticos que en el año 2012 negaron a UPyD la firma para la petición de una comisión de investigación parlamentaria (abocándole a la vía judicial) corren ahora prestos a aprobarla. El establishment (y sus terminales mediáticas) apela a la presunción de inocencia y tratan de rebajar la importancia de la decisión. El Banco de España, mediante un comunicado institucional, se solidariza con los imputados y hasta recogen firmas en apoyo a los mismos. A otros medios la decisión les ha pillado descolocados, ¿pero MAFO no era del PSOE y Bankia un escandalo del PP? Medios que, por otra parte, no dejan de ser fiel reflejo de la sociedad que tenemos, llena de personas tendentes a encontrar justificaciones y disculpas si la corrupción proviene de sus filas.

EL CONTENIDO DE LOS CORREOS ELECTRÓNICOS

Al margen del ruido mediático (esperable en una decisión tan relevante, a la vez que pionera) la importancia, ya desde un punto de vista más jurídico, viene dada porque la imputación se produce en un momento crucial, casi finalizada la instrucción, en un punto en que los indicios de criminalidad exigidos tienen que ser a la fuerza reforzados, tal y como exige la jurisprudencia. Y eso es precisamente lo que hace el Auto de la Audiencia Nacional, desgranando el contenido de cada uno de los cuatro correos electrónicos, en los cuales se van abordando las distintas razones por que el inspector responsable de la supervisión de Bankia consideraba que seguir adelante con la salida a bolsa iba a llevarnos al precipicio: la nacionalización y el rescate con fondos públicos a costa del contribuyente.

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A la vista del revelador contenido de los correos del citado inspector, tanto el Ministerio Fiscal como el Juez instructor intentaron inicialmente restarles importancia, calificándolos de meras “opiniones personales” de tipo “informal”, emitidas al parecer de forma “espontánea”, lo cual se compadece muy mal con su forma, tenor literal y extensión (23 páginas nada menos). Más sorprendente ha sido la insistencia en esa tesis de algunos medios de comunicación con posterioridad a la resolución, como por ejemplo 'El País, que en un reciente editorial advertía (después de cinco años de exhaustiva instrucción) del riesgo de “exámenes apresurados, condenas precipitadas y conclusiones sin fundamento” y censuraba al inspector del Banco de España que vaticinó el desastre por el hecho de informar a sus superiores de tan importantes cuestiones por medio de correo electrónico, cuando lo procedente era “dejar constancia escrita”.

UNA PRUEBA DE ESPECIAL CLARIDAD Y CONTUNDENCIA

Ante tamaños argumentos uno se pregunta: ¿Desde cuando los 'mails' no dejan constancia escrita? ¿Cómo si no iba a trasladar dichas advertencias el citado inspector a sus superiores jerárquicos? ¿Con un burofax? Muy al contrario, tal y como defendimos en el recurso cuya estimación ha dado lugar a estas imputaciones, la utilización del correo electrónico es lo que dota a dicha prueba de cargo de una especial claridad y contundencia, alejada de la habitual jerga burocrática de los informes “oficiales” de la propia institución. Es esa franqueza lo que precisamente dota a los correos de un especial valor, máxime cuando ya la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) había advertido de que los Informes de seguimiento del Banco de España se iban dulcificando a medida que iban subiendo en la jerarquía del citado organismo supervisor, de tal manera que “las conclusiones iniciales de los inspectores se van resumiendo y suavizando hasta concluir en un escrito de recomendaciones que, a veces, no parece reflejar con toda su crudeza los problemas que debe solucionar la Entidad”.

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Esa es precisamente la carencia que suplen los correos, reflejando con toda crudeza esa situación financiera que la jefatura del Banco de España decidió ignorar. Pero la relevancia de los citados emails no viene dada solo por su demoledor contenido, sino también por su fecha, pocas semanas antes de la salida a bolsa de julio de 2011 y cuando todavía el desastre podía haber sido evitado. Con ello se fulmina de un plumazo uno de los principales argumentos exculpatorios que han esgrimido durante toda la instrucción las defensas de los imputados, consistente en reprochar a las acusaciones y a los peritos actuar con sesgo retrospectivo, esto es, de mirar con ojos de hoy en día una situación (la de los años 2010 y 2011) que era muy distinta.

A LAS PUERTAS DEL CIERRE

En suma, la contundencia de la resolución y el momento en que ha sido dictada (a las puertas del cierre de la instrucción), hace muy difícil que tal decisión pueda ser revertida, abriendo la posibilidad de un juicio con los tres principales responsables (los consejeros, la auditora externa y el Banco de España), que sirva para arrojar luz sobre uno de los episodios más negros de nuestra historia financiera.