DOS MIRADAS

Baño maría

La sentencia del TSJC exculpa, sin fundamentos, a Mas, Ortega y Rigau de la prevaricación porque es el delito con pena más elevada

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JOSEP MARIA FONALLERAS

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¿Puede una autoridad desobedecer sin prevaricar? ¿Se puede prevaricar sin que ello implique necesariamente una desobediencia anterior? Hay argumentos de todo tipo, y, después, está la sentencia del TSJC sobre el 9-N. Sin necesidad de haber leído jurisprudencia del Tribunal Supremo, el sentido común, que no es una fuente del derecho establecida pero que ayuda a menudo a leer con entendimiento, nos dice que cometer un delito de prevaricación implica necesariamente desobedecer y que desobedecer –si se trata de una autoridad– significa haber actuado en contra de lo que establece la ley y, en consecuencia, haber prevaricado.

En una sentencia del TS deL 2004 se delimitan los requisitos de la prevaricación: ser autoridad o funcionario; haber llevado a cabo una acción contraria al derecho; haber cometido una ilegalidad "evidente, patente, flagrante y clamorosa"; y haber actuado con conocimiento de causa. Es decir, prevaricas si eres autoridad, si has ido en contra de la legalidad y si has hecho todo esto sabiendo lo que hacías.

De todo ello se deduce una curiosa lección. La sentencia del TSJC exculpa, sin fundamentos, a Mas, Ortega y Rigau de la prevaricación porque es el delito con pena más elevada y porque, de este modo, piensa que reduce el alcance del castigo, quizá con un ingenuo intento de benevolencia. Si yo tuviera que recurrir la sentencia, pediría la absolución o el aumento de la pena. Todo, menos esta contradicción que tiende al baño maría.