La rueda

Adou como síntoma

NAJAT EL HACHMI

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El caso de Adou, el niño que atravesó la frontera de Ceuta dentro de una maleta, acabará bien. Pero su peripecia debería poner el foco en una realidad que viven muchos inmigrantes y que solo ellos conocen. La ley de extranjería les reconoce el derecho a traer de su país de origen a los familiares más cercanos, sobre todo el marido o la esposa y los hijos. El concepto de familia que impera es, claro, el español, de modo que si alguien es polígamo, mala suerte para la esposa no seleccionada.

No es esta la consecuencia más grave, sin embargo, que comportan las restricciones en la concesión de permisos de residencia a familiares de inmigrantes. Lo más grave es lo que ocurre en muchos casos como el de Adou. Se exige al residente una vivienda en condiciones, trabajo estable, por supuesto un permiso de trabajo, un informe de idoneidad de vivienda del ayuntamiento y que demuestre con no se sabe cuántas legalizaciones de los documentos del país de origen su vinculación con la persona que trae.

¿Cuántos españoles cumplirían estos requisitos? Los hijos no pueden ser mayores de edad (por mucho que aquí los tenemos que mantener hasta su emancipación y no solo hasta los 18) y no son pocas las embajadas y consulados que realizan una especie pruebas osteométricas para determinar la edad real de los menores. Ya se sabe, en caso de inmigrante, prevalece la presunción de culpabilidad y la tendencia natural al fraude. Ahora se han inventado una humillación más, la prueba de ADN. Como si la filiación solo pudiera ser biológica y no fuera suficiente tener documentos que lo acrediten. Lo que deja claro el Estado español en estos procedimientos es que hay que velar por los derechos de los niños presentes en el territorio. A estos, como Adou, los ven, existen y se han de ocupar de ellos. Los que se quedan allí por trabas administrativas no constan en ninguna parte, y ya espabilarán.