La financiación de Catalunya

El ADN del pacto fiscal

La racionalidad no siempre respalda el argumento centralizador de la economía de escala

El ADN del pacto fiscal_MEDIA_2

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GUILLEM LÓPEZ CASASNOVAS

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Con la proximidad de los plazos fijados por elpresidentde la Generalitat para la determinación de lo que debe ser el nuevo pacto fiscal de Catalunya con el Estado empiezan a aflorar las voces de partidarios y detractores. Nos conviene estar preparados para entender la legitimidad de los argumentos en uno u otro sentido, los prejuicios que hay detrás y las falsedades de los líos con que se presentan, ya en vestimenta supuestamente académica o político-ideológica. Los miembros del Carec, el Consell Assessor per a la Reactivació Econòmica i el Creixement (sin retribución, sin dietas), han explicado recientemente su valoración del pacto fiscal, con un fuerte consenso en un conjunto de principios que están a disposición de los ciudadanos (véase la web gencat.cat). Muchos otros lo hacen y lo harán ahora a modo individual y/o colectivo.

Para evitarlost in translation, es necesario a mi entender valorar los siguientes puntos para fundamentar un juicio correcto respecto de aquellos argumentos.

1º.No todos piensan -y así lo reflejan sus opiniones- que existe una comunidad política catalana con sentido de pertenencia conjunta por encima de los territorios que la integran. Posiblemente piensan que sí existe para el conjunto español, pero la niegan para el caso de Catalunya.

2º.Hay quien cree, en consecuencia, que no hay catalanes, sino más bien «españoles que viven en Catalunya». Y que, por tanto, la institución que representa a los catalanesenydesdesu territorio no tiene ningún derecho sobre los ingresos que aquellos ciudadanos paguen.

3º.No todos creen en un compartimiento efectivo, entre poderes fiscales iguales, de responsabilidades tanto en competencias de gasto como de financiación. Al contrario, hay quien cree que la soberanía fiscal es única, que es del Estado, y que este puede financiar el gasto descentralizado con una transferencia discrecional a gusto y apetencia de quien tiene la llave de la hacienda conjunta.

4º.Hay quien no cree que las competencias fiscales puedan servir intereses distintos de los del poder central y postula la necesidad de una armonización distinta a la global de la Unión Europea.

5º. Alguien puede pensar todavía que la redistribución personal de la renta y la riqueza es una competencia exclusiva del Estado, y que como «los territorios no pagan impuestos» sino que lo hacen los individuos, estos lo harán bajo el mandato único central. Ignoran así que los valores internos de la redistribución personal se mantienen a pesar de que un sentimiento de pertenencia superior coloque el interés colectivo por encima del individual, a la manera en que lo hace el Estado que hoy la ejerce y la imposibilita a otros.

6º. La racionalidad económica no se alinea siempre con un argumento centralizador, de economía de escala. Lo contrario es lo que dicta el teorema de la descentralización fiscal, que acoge tanto la mejora de bienestar por el hecho de evitar con la descentralización la imposición de una preferencia media insatisfactoria cuando son«diversos els homes i les parles»-que diríaEspriu-, como por la capacidad de mostrar respeto por las minorías.

7º.Por mucho que se vistan las transferencias centrales de «participaciones impositivas territoriales», existe en el Estado autonómico español una fuerte asimetría entre las competencias de gasto y de ingresos, lo que aleja a las comunidades de la responsabilidad fiscal exigible y explica parte de los déficits territoriales observados.

8º. Se quiera o no, no todas las comunidades autónomas son iguales en sentimiento de pertenencia, voluntad de autogobierno y capacidad para ejercitarla. La creación del Estado autonómico para diluir los hechos nacionales catalán y vasco en base a generalizar hasta el absurdo tanto la descentralización primero como la recentralización después, ha resultado cara y no ha resuelto tampoco el problema que pretendía abordar.

9º. Hoy, el déficit fiscal de Catalu-nya con el Estado es también déficit social, a la vista de las competencias que acumula la Generalitat en los ámbitos de política social más cercanos al bienestar comunitario. La situación no puede dejar indiferente a nadie, ya sean políticos, empresarios, trabajadores o pensionistas.

10º.El análisis cuantitativo de este déficit no se remite solo a lo que resulte de la financiación autonómica en un momento determinado, sino al conjunto de la actuación de los poderes fiscales estatales en el territorio en materia de inversiones, ajustes de la financiación de los territorios por la diferente capacidad de compra, compromisos pendientes y agravios históricos por los que el déficit de la actuación estatal ha tenido que ser asumido por el hombro de una sociedad que paga, copaga y repaga por unos servicios que supuestamente debería tener garantizados.

Universitat Pompeu Fabra y miembro del Carec