SECTOR ENERGÉTICO
El Tribunal Supremo avala el 'impuesto al sol'
La alta magistratura considera que la carga responde a una contribución cuando el autoproductor tiene respaldo del sistema eléctrico
Agustí Sala
Redactor jefe de Economía
Además de El Periódico, trabajé de 1989 a 1990 en La Economía 16, como responsable de Economía en el Diari de Barcelona, de 1989 a 1990; en la sección de Economía de TVE Catalunya de 1987 a 1989, en Antena 3 de Radio, de 1985 a 1987 y en el Diari Menorca, de 1983 a 1985 y Radio 80-Menorca. Además la licenciatura en Ciencias de la Información por la Universitat Autònoma de Barcelona (1992-1986), tengo un posgrado en dirección general (PDG) 2011-2012y un curso de Márketing Digital y Redes Sociales por la EAE Business School
Agustí Sala / Barcelona
Jarro de agua fría. El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que viene a avalar el denominado "impuesto al sol". La alta magistratura ha desestimado un recurso contencioso-administrativo de la Asociación Nacional de Productores e Inversores en Energías Renovables (Anpier) contra el real decreto del 2015 que regula el autoconsumo energético.
En su fallo, el alto tribunal descarta el término "impuesto al sol", ya que lo considera una contribución a los costes del sistema cuando un autoconsumidor, además de emplear la energía que genera, dispone de respaldo del sistema eléctrico. "No tiene razón la recurrente cuando dice que se imponen a los autoconsumidores cargos que no pagan los consumidores ordinarios", afirma.
El dictamen de la sección tercera de la sala de lo contencioso-administrativo destaca que "el autoconsumidor que depende exclusivamente de su propia energía y que no está conectado al sistema eléctrico no paga nada".
Cogeneración
También asegura que "nada hay de discriminatorio para los autoconsumidores en que el Gobierno haya eximido de los cargos asociados a los costes del sistema hasta el 31 de diciembre del 2019 los sistemas de cogeneración".
Esta resolución ha merecido las críticas no solo de Anpier sino de la Fundación Energías Renovables, según la cual el Tribunal Supremo asume "argumentos políticos y va en contra de la senda europea".
A juicio de esta organización, "los tribunales españoles han decidido, una vez más, ponerle freno a lo irremediable: la irrefrenable posibilidad de que el ciudadano se convierta en actor fundamental de la generación".
La fundación resalta que "por fortuna, los vientos que vienen de Europa empujan en otra dirección y el futuro 'paquete de invierno' convertirá en papel mojado sentencias como esta, ya que la nueva directiva de renovables da a los ciudadanos el derecho a generar, almacenar, consumir y vender en condiciones justas, derechos de la ciudadanía para el autoconsumo y la autogeneración que están llamados a ser un instrumento clave para transformar el modelo energético en la Unión Europea".
El autoconsumo recibió en junio pasado el aval del Tribunal ConstitucionalTribunal Constitucional al permitir que se haga de forma colectiva. Empresas como la catalana Holaluz aprovecharon este falloHolaluz para iniciar actuaciones en este sentido mediante la instalación de placas fotovoltaicas para el uso compartido de más de un hogar.
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