fiscalidad
Pedro Duque: chalet ¿con o sin alquiler?
En la sociedad del ministro no constan desde el 2014 ni ingresos por arrendamiento ni por cesión del inmueble a los socios
Agustí Sala
Redactor jefe de Economía
Además de El Periódico, trabajé de 1989 a 1990 en La Economía 16, como responsable de Economía en el Diari de Barcelona, de 1989 a 1990; en la sección de Economía de TVE Catalunya de 1987 a 1989, en Antena 3 de Radio, de 1985 a 1987 y en el Diari Menorca, de 1983 a 1985 y Radio 80-Menorca. Además la licenciatura en Ciencias de la Información por la Universitat Autònoma de Barcelona (1992-1986), tengo un posgrado en dirección general (PDG) 2011-2012y un curso de Márketing Digital y Redes Sociales por la EAE Business School
Agustí Sala
Tener una vivienda a nombre de una sociedad, como el ministro de Ciencia, Pedro Duque con un chalet en Xàbia (Alicante), no constituye algo ilegal, siempre que quienes la disfrutan paguen una alquiler de mercado. Ahora bien, es una fórmula que no es accesible para todos los contribuyentes.
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"Si es para uso privativo, lo legal es que haya un alquiler entre los socios y la sociedad con una renta de mercado", explica Josep Maria Noguera, asesor fiscal y miembro del gabinete de estudios de estudios de la Associació Professional de Tècnics Tributaris de Catalunya i Balears.
Esa es la clave, ya que, en ese caso, el ingreso lo recibe la sociedad, que tributa por el mismo; y quienes lo pagan, no se lo pueden deducir como gasto. Incluso no es necesario un contrato al ser una cesión, pero debe ser a precio de mercado y reflejarse como tal en las cuentas de la sociedad.
El problema en el caso de Duque es que las cuentas de la sociedad no recogen ningún ingreso procedente de alquileres de terceros desde el 2014. Y tampoco incluyen desde ese ejercicio "transacciones entre partes vinculadas", que es como debería constar en la memoria la cesión del inmueble a sus socios, afirma José María Mollinedo, el secretario general de Gestha, que agrupa a los técnicos de Hacienda.
En general, quienes utilizan una sociedad para incluir viviendas propias se ahorran IRPF y el 25% del impuesto de sociedades, afirma Joan Pons abogado, asesor fiscal y socio de ETL Global.
Como persona física, una vivienda que no se ha puesto en alquiler debe tributar por el 2% del valor catastral en el IRPF en concepto de imputación de renta o el 1,1% si ese valor ha sido recientemente revisado, recuerda Pons.
Respecto al objeto social, este suele ser amplio, explican los expertos. En el caso de Duque y su esposa, María Consuelo Femenía, el objeto social de Copenhague GEstores de Inmuebles, S. L., el objeto social es el de "promoción, construcción y venta de inmuebles", así como el de "gestión y asesoramiento en operaciones inmobiliarias", una definición que engloba desde la explotación comercial de viviendas a su uso privativo, es decir, por parte de sus socios.
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