concesiones públicas

PDECat, Ciudadanos y PP hacen pinza para frenar las remunicipalizaciones

La ley de contratos públicos ya en vigor incorpora un conjunto de enmiendas a instancias de las CEOE que 'de facto' harán imposible el rescate de servicios públicos como el agua

Análisis del agua en una planta de tratamiento de Agbar.

Análisis del agua en una planta de tratamiento de Agbar.

Olga Grau

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La remunicipalización o rescate de servicios públicos fue la bandera de las formaciones de izquierda como Podemos o Barcelona en Comú en las últimas elecciones municipales, sobre todo en ámbitos relacionados con el servicio del agua o la sanidad. Pero revertir las concesiones o contratos en curso con operadores privados será muy difícil, por no decir prácticamente imposible, tras la incorporación de un conjunto de enmiendas, en su mayoría del PDECAT, en la nueva Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) que entró en vigor el pasado 9 de marzo. 

Estas enmiendas relativas a los rescates se introdujeron durante el trámite de Ponencia en el Congreso, antes de la Comisión, que no quedan registradas en el diario de sesiones. Por este motivo, aunque es posible saber qué partido presentó las enmiendas, no quedan registradas las votaciones, aunque fuentes políticas confirman que el PDECAT contó con el apoyo del PP, Ciudadanos y el PNV.

La nueva legislación para la contratación pública, que llega casi con dos años de retraso por el bloqueo institucional y tras una larga y compleja tramitación en el Congreso y en el Senado, incorporó a su paso por las cámaras 975 enmiendas del total de 1.081 presentadas por los partidos. Los antiguos convergentes introdujeron cinco enmiendas que recogieron las peticiones de la patronal de las grandes empresas CEOE a través de su gabinete de relaciones con las Cortes. Estas enmiendas que ya forman parte del texto suponen 'de facto' un escollo para cualquier rescate.

Enmiendas del PDECat

Enmiendas del PDECatEn concreto, la enmienda del PDCAT más eficaz para frenar una remunicipalización o rescate es la que incorpora la exigencia específica de  que “dicha gestión directa sea más eficaz y eficiente que la concesional” (artículo 294C), una demanda que no existía antes de la ley. En concreto, la enmienda sostiene que "el rescate requerirá, además, de la acreditación de que dicha gestión es más sostenible y eficiente que la concesional y que no resulta posible introducir competencia efectiva. A este efecto deberá solicitarse informe de la autoridad de competencia. Los requisitos del rescate serán de aplicación a la expropiación de la concesión o de la empresa concesionaria".

Una segunda enmienda de los exconvergentes incorpora un mecanismo adicional de defensa del concesionario que es el recurso especial ante el órgano de recursos contractuales de la autonomía contra el acuerdo de rescate. En la situación previa no existía esta posibilidad. El mecanismo de control fundamental era el informe previo y preceptivo del consejo consultivo de la comunidad autónoma para los supuestos de resolución del contrato con oposición del contratista, que no tenía carácter vinculante. 

Finalmente, una tercera enmieda del PDECAT establece un último escollo para un rescate, aunque supone una defensa para el trabajador: “En caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general”. En este aspecto, Ciudadanos y PSOE también presentaron enmiendas para garantizar la subrogación y por este motivo esta enmienda contó con el voto favorable de los socialistas.

Finalmente, la ley incorpora en su disposición transitoria primera un elemento muy relevante: la retroactividad. Si bien es cierto que las leyes se aplican a partir de su aprobación, la ley de contratos públicos se aplicará a cualquier rescate o remunicipalización realizado a partir de la fecha en la que ha entrado en vigor, aunque la concesión sea anterior a la ley. 

Reacciones de Podemos

ReaccionesLa presidenta del Grupo Confederal de Unidos Podemos Auxiliadora Honorato reconoció en una intervención recogida en el diario de sesiones del Congreso el fracaso de su grupo en cuanto a favorecer los rescates o remunicipalizaciones al admitir que no han logrado que "en lugar de tener un carril ancho y fácil para la privatización y la externalización de los servicios, y uno estrecho para la internalización o la recuperación de servicios públicos, pueda ser al revés".

El catedrático de Derecho administrativo de la Universidad de Zaragoza José María Gimeno Feliu sostienen en un análisis publicado en la revista del Instituto Nacional de la Administración Pública que la reforma legislativa “viene a imposibilitar la práctica del rescate, pues la acreditación de mejor eficacia y eficiencia como condicionantes previos para adoptar la decisión se antoja de casi imposible cumplimiento ya que solo el coste indemnizatorio de la rescisión anticipada impedirá en muchos casos que pueda existir una gestión directa más eficiente”.

El experto en derecho Fernando García Rubio de la Universidad Juan Carlos I también considera que “en la práctica tan solo se llevarán a cabo, en su caso, las remunicipalizaciones sucesivas, esto es, aquellas que suponen asumir la gestión directa de servicios que se venían prestando de forma indirecta cuando la concesión se extingue. Y aun así se tendrá que demostrar la mayor eficicacia del nuevo modelo de gestión”.

La ley se aprobó con un amplio consenso con más del 95% de las enmiendas transaccionadas y supone un avance a la hora de reducir las cargas administrativas y agilizar los procedimientos, además de eliminar trabas burocráticas y administrativas, introducir la utilización de medios electrónicos, reducir plazos de adjudicación, aumentar la competencia para una mayor participación de pequeñas y medianas empresas o incentivar que los contratos se dividan en lotes para permitir el acceso de compañías de menor tamaño a la contratación pública.

Además, se recoge la posibilidad de que se exija a la empresa que el periodo de pago a sus proveedores no supere determinados límites y no podrán ser contratistas los condenados por corrupción entre particulares.B

<strong>De Colau a Carmena</strong>