¿Cuánto se pagará a Hacienda por las cláusulas suelo?

Gestha estima que los afectados se ahorrarán por las devoluciones entre el 17,7% y el 24,7% de lo que hubieran tributado sin el decreto del Gobierno

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. / periodico

AGUSTÍ SALA / BARCELONA

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Ventajas fiscales, pero menos. Los técnicos de Hacienda, agrupados en Gestha, minimizan las ventajas tributarias del real decreto que regula la devolución de las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios. Según este colectivo, el ahorro fiscal será de entre el 17,7% y el 24,7% respecto a la situación si no se hubiera aprobado esta norma especial. Aunque esto solo afecta a los casos en los que se cobren las devoluciones en efectivo. 

Los técnicos ponen como ejemplo para entender el trato fiscal el de una pareja con una hipoteca de 180.000 a 15 años y una cláusula suelo del 3% en un caso y del 2,5% en el otro. En el primer caso le correspondería cobrar del banco 5.811 euros; y en el segundo, 2.385 euros.

En el IRPF del 2016 y el 2017, los clientes deberán abonar 423 y 234,15 euros, respectivamente, con lo que lograrán un ahorro fiscal de 139 y 50 euros como consecuencia de las medidas extraordinarias del real decreto. Eso supone un ahorro fiscal "únicamente entre el 17,7% y el 24,7% con respecto a la normativa de IRPF vigente hasta este viernes", calculan.

Según Gestha, los afectados "solo se ahorrarán los recargos de declaraciones extemporáneas, los intereses de demora y la tributación de los intereses legales que abone el banco", que son las novedades que aporta el real decreto.

De hecho se mantiene la tributación de la parte correspondiente a los intereses excesivos de las hipotecas que se hubieran incluido en sus declaraciones del IRPF del 2012 al 2015, bien por deducción por vivienda habitual o bien como un gasto deducible de los autónomos que compraron un inmueble para su actividad o por particulares que posteriormente lo hubieran alquilado.

En el primer caso se mantiene la norma para quienes reciban la devolución en metálicodeberán añadir en el IRPF del 2017 las <strong>deducciones indebidas</strong> en vivienda habitual y declararlos correctamente el impuesto de la renta del 2016, cuya campaña será la próxima primavera, como adelantó este diario.

DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA

En el segundo caso, se sigue con la obligación de presentar una declaración complementaria por el excerso de intereses deducidos en los últimos cuatro años, sin ninguna sanción. La novedad radica en que no se exigirán intereses de demora ni recargos por presentar las complementarias fuera de plazo. Gestha destaca que "no es ninguna novedad que se limiten los efectos fiscales del real decreto a los ejercicios no prescritos (los cuatro últimos)" ni los intereses de demora de los últimos cuatro años "porque la complementaria no es fruto de una infracción del hipotecado, sino de una decisión judicial".

El colectivo profesional destaca que el Estado ingresará entre el 75% y el 82% de lo que hubiera recaudado si no se hubiera aprobado esta norma especial. 

Otro dato que recuerdan es que "si la inversión en vivienda habitual es superior al máximo de 9.040 euros por declarante, más la diferencia de intereses de la cláusula suelo, no habrá que realizar ningún ajuste en el IRPF del 2016 ni del 2017".

INCENTIVO A LA REDUCCIÓN DE HIPOTECA

En el borrador del decreto se da un mejor trato fiscal a la posible restitución en especie por parte de las entidades bancarias al cliente. Así, se explica que no afectará a las deducciones por compra de vivienda en años anteriores cuando estas devoluciones por las cláusulas abusivas en lugar de pagarse en efectivo por parte del banco, la entidad destine las cantidades “tras el acuerdo con el contribuyente afectado, a minorar el principal del préstamo”. Este tipo de solución rebajará el pago en efectivo al banco y al cliente le evitará iniciar un proceso de regularización con Hacienda, lo que lo convierte en un incentivo en la negociación extrajudicial.