El Constitucional ratifica el recorte de competencias eléctricas a la Generalitat

El Govern afirma que los votos particulares demuestran que el fallo "está muy forzado"

Tendido eléctrico de Endesa en Barcelona.

Tendido eléctrico de Endesa en Barcelona.

MARGARITA BATALLAS / AGUSTÍ SALA / MADRID / BARCELONA

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El Tribunal Constitucional ha desestimado un recurso presentado por el Govern de la Generalitat contra varios artículos de la ley del sector eléctrico por entender que invadían sus competencias. En esencia la resolución supone 

El hecho de que haya dos votos particulares, uno de ellos de la ponente de la sentencia, Adela Asua Batarrita, refleja que "se han forzado mucho" los argumentos "para llegar al resultado", según ha declarado Joan Aregio, secretario de Empresa i Competitivitat de la Generalitat. El otro voto particular corresponde al magistrado Juan Antonio Xiol.

La impugnación se produjo para preservar competencias autonómicas. La reforma legal llevada a cabo por el Gobierno del PP forma parte de "las regulaciones centralistas" llevadas a cabo durante la pasada legislatura, agrega Aregio.

Entre los puntos que el Constitucional avala destacan el hecho de que las autorizaciones de centrales de generación de más de 50 megawatios (MW)  dependen solo del Estado y no de la Generalitat. Al entender del Ejecutivo autonómico, eso resta a la autonomía capacidad de regular sus necesidades energéticas.

Otro punto impugnado se refería a que las protestas y quejas de los consumidores, aunque sean personas físicas, deben cursarse a través del ministerio de Industria, "independientemente de donde se encunetren ubicados estos usuarios".

CALIDAD DEL SUMINISTRO

Y eso a pesar de que Catalunya cuenta con competencias sobre distribución eléctrica con cuestiones como, por ejemplo, la calidad del suministro.

También se consagra la competencia plena del Estado en materia de autoconsumo energético o la regulación del conjunto de los derechos y obligaciones de las distribuidoras eléctricas, "sin dejar margen de regulación autonómico, pese a que afecta a la actividad de distribución que se realiza dentro del ámbito territorial de Catalunya". 

A juicio del Ejecutivo catalán, el resultado del fallo "es una interpretación de la Constitución muy forzada".