La Audiencia Nacional imputa a Fernández Ordóñez en el 'caso Bankia'

ÁNGELES VÁZQUEZ / MADRID

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La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado citar a declarar como investigados a los responsables del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores que tenían bajo su competencia la supervisión de BFA-Bankia en el momento de su constitución y posterior salida a bolsa. Entre ellos se encuentran el exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordoñez y el expresidente de la CNMV Julio Segura, cuya imputación había sido rechazada por el juez Fernando Andreu, instructor del 'caso Bankia'.

Los magistrados admiten parcialmente el recurso de la Confederación Intersindical de Crédito (CIC) contra el negativa de Andreu a practicar una serie de diligencias en la investigación por la salida a Bolsa de la entidad financiera. Además de a Fernández Ordóñez y Segura, la Sala acuerda que se cite como investigados a los responsables del Banco de España Pedro Comín, Mariano Herrera García-Cantauri y Pedro González (los tres seguían con altos cargos en la institución y han anunciado este lunes su dimisión para no  no perjudicar "al desarrollo de las funciones de supervisión del Banco de España"), Jerónimo Martínez Tello y Javier Aríztegui, así como a Fernando Restoy por parte de la CNMV.

ADVERTENCIAS DE INVIABILIDAD

El auto considera procedente la petición de los recurrentes de llamar a declarar a los responsables de las entidades que tenían bajo su competencia la supervisión de BFA-Bankia en el momento de su constitución y salida a bolsa y que, según la acusación que ejerce el CIC, la autorizaron "pese a las reiteradas advertencias del equipo de inspección del Banco de España de la inviabilidad del grupo y de que la solución de salida a Bolsa no debía ser aprobada, pues suponía un grave perjuicio para accionistas, preferentistas y contribuyentes (estimado en unos 15.000 millones de euros)".

La Sala analiza la testifical y los correos electrónicos de 6 y 8 de abril y 10 y 16 de mayo de 2011 enviados por el inspector del Banco de España José Antonio Casaus, ya incorporados a las actuaciones, y califica de "razonable" y "razonada" la pretensión de la CIC sobre la base de la existencia en este procedimiento de indicios "múltiples, bastantes y concurrentes de criminalidad respecto de los responsables del Banco de España y la CNMV en cuanto garantes e indicativos de la corresponsabilidad de ambos en los hechos investigados". También tiene en cuenta las reuniones que tuvieron responsables del Banco de España con los de las entidades de cuya fusión nació Bankia como, por ejemplo, quien presidía Bancaja, José Luis Olivas.

MÁQUINA DE PERDER DINERO

El auto, del que ha sido ponente la magistrada Clara Bayarri, sostiene que "la jefatura del Banco de España, con carácter previo a la salida a bolsa, tuvo noticias directas y fehacientes de la inviabilidad del grupo y de la inidoneidad de su salida a bolsa en la modalidad de doble banco", como consta, gracias a la declaración de Casaus que ante el juez Andreu llegó a decir, como advertía ya en sus correos de 2011, que la salida a Bolsa "no solucionaba los problemas del grupo", porque "era una máquina de perder dinero" y que eso "acabaría en pocos meses con la nacionalización del banco".

En sus mensajes, en los que se destacaba "en rojo y con grafía reforzada" que "el grupo no era viable", Casaus proponía la búsqueda de un comprador, "pero con un banco único", porque, sostenía, "la salida a bolsa con un banco doble es el primer paso para nacionalizar las pérdidas, algo injusto y contrario a lo que nos pide la norma (velar por un uso eficiente de los recursos públicos)". Proponía que, si no había más remedio que salir a bolsa con banco doble, se pignorarán "las acciones de Bankia en poder de BFA a favor del FROB". 

Los jueces, que ven "manifiestamente excesiva" la petición de oficiar al Banco de España para que aporte todos los correos que hubo entre Casaus y Comín, consideran que en la fase actual de la instrucción no es momento procesal para circunscribir el ámbito del procedimiento a una determinada calificación jurídica de los hechos (posible estafa de inversores del artículo 182 bis del Código Penal, antes de su modificación), como ha realizado el instructor, sino que no procede verificarse hasta finalizada la investigación.

En un comunicado, la CNMV ha mostrado su «respeto» a la decisión y su «deseo de que las actuaciones judiciales en curso contribuyan al más completo conocimiento público de los hechos». En cualquier caso, ha vuelto a reiterar «su convencimiento de que la actuación de la institución en el mencionado proceso de salida a bolsa fue correcta y se llevó a cabo con la debida profesionalidad y diligencia»