650 trabajadores
La Audiencia Nacional anula la reducción salarial a los directivos de Liberbank
La sentencia, recurrible, condena al banco a restituir los salarios previos y abonarles los montos deducidos
La Audiencia Nacional ha declarado nula la reducción salarial aplicada a los directivos de Liberbank desde el pasado julio, por aplicarse en fraude de ley al ser una "modificación sustancial colectiva" acordada fuera del período de consultas que "lesionó el derecho a la libertad de los demandantes".
En su sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, la sala de lo Social devuelve a los trabajadores su situación previa y condena a la entidad a abonarles los salarios deducidos, así como a indemnizar con 5.000 euros por daños morales a los sindicatos que lo reclamaron, STC-CIC y Csica.
En concreto, Csica acudió a los tribunales después de que el pasado julio los directores de zona comunicaran a los empleados a su cargo que la empresa ofrecería a los directivos con salario superior a los 45.000 euros brutos anuales convertir, de forma voluntaria, un porcentaje de su retribución fija a variable hasta finales de 2019.
De los 650 trabajadores en esta situación, 554 aceptaron la oferta, 79 la rechazaron y 34 optaron por no manifestar su decisión. Por el contrario, Liberbank alegó que la conversión de salario fijo en variable afectó únicamente a las retribuciones por encima del convenio, por lo que podría negociarse de manera individual o plural.
Ahora la Audiencia Nacional aplica la doctrina del Supremo y expone que toda modificación que afecta al sistema de remuneración y a la cuantía salarial es sustancial en tanto que afecta a aspectos fundamentales del contrato de trabajo.
En concreto, la sala que preside el juez Ricardo Bodas entiende que la promoción de una negociación individual en masa vulneró la libertad sindical de los demandantes en tanto que apenas días antes, en otro período de consultas, se validaron diversas medidas de flexibilidad externa e interna, entre las que no se convino la reducción salarial.
De igual modo, cree probado que el banco, acto seguido, negoció individualmente con los directivos cuyos salarios superasen los 45.000 euros anuales que porcentajes "relevantes" de su retribución fija "que corren entre el 7,60 % al 19 %" pasaran a convertirse en variables "durante un tiempo muy dilatado" y "sin distinguir concepto alguno".
Un cambio que "constituye un quebranto retributivo muy relevante" a liquidar entre 2020 y 2022 "siempre que no comporte que la empresa tenga resultados negativos", que el tribunal entiende como una modificación "clara y patente" de las condiciones de trabajo la cual habría debido negociarse obligatoriamente de forma colectiva, razón por la que declara la nulidad radical de estos acuerdos.
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