El Supremo confirma la condena de 21 meses de Messi por fraude fiscal

ÁNGELES VÁZQUEZ / MADRID

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 21 meses y multa de 2.093.000 euros impuesta al jugador del Fútbol Club Barcelona Lionel Messi por tres delitos fiscales. En cambio, ha rebajado a 15 meses la de su padre, Jorge Horacio Messi, al aplicarle la atenuante de reparación del daño, que la Audiencia de Barcelona ya había aplicado al delantero, pero no a él, por los 5.016.542 euros que devolvieron a Hacienda.

La sentencia incluye los votos particulares de dos de los cinco magistrados que empezaron a estudiar en abril los recursos del jugador y de su padre contra la condena de 21 meses de prisión que cada uno de ellos impuso la Audiencia de Barcelona por un fraude de 4,1 millones de euros por no declarar en los ejercicios de 2007, 2008 y 2009 lo obtenido en derechos de imagen. Los magistrados Luciano Varela y Andrés Palomo consideran que el jugador debió haber sido condenado por un único delito fiscal, pero continuado, mientras que Jorge Alberto Barreiro comparte la decisión mayoritaria, pero no su argumentación.

Al ser la condena inferior a los dos años de cárcel difícilmente el delantero tendrá que pisar la cárcel, pero existe algún precedente en el que sí ha ocurrido, como el del exministro y expresidente balear Jaume Matas, que ingresó para cumplir una condena de 9 meses. En estos casos es potestad del tribunal sentenciador, la Audiencia de Barcelona, determinar si debe ser encarcelado o no.

{"zeta-legacy-despiece-vertical":{"title":"Claves","text":"3. Al futbolista del Bar\u00e7a le ha salido caro tratar de ahorrarse los 4,1 millones de euros que deb\u00eda haber pagado a Hacienda por sus derechos de imagen. En Barcelona desembols\u00f3 esa cantidad m\u00e1s los intereses correspondientes, lo que le supuso pagar 5.016.542 euros. La condena le supone pagar tambi\u00e9n una multa de 2.093.000."}}

El Supremo sostiene que Leo Messi conocía inequívocamente su obligación de tributar los ingresos obtenidos por la explotación de sus derechos de imagen, y “no resulta acomodado a lógica admitir que quien percibe importantes ingresos ignore el deber de tributar por ellos", cuando constata que "no abona nada en absoluto a Hacienda" por ello.

CONOCÍA SU OBLIGACIÓN

"Cualquiera que fuera su ingenuidad, las actuaciones que indican que interviene personalmente, y no solamente estampando su firma en documentos, revelan su plena consciencia de que ese camino llevaba inexorablemente al insolidario resultado de la defraudación fiscal”, afirma la sentencia.

El Supremo recuerda que la sentencia de Barcelona “excluyó expresamente el error", porque "el desconocimiento evitable, derivado de la indiferencia, no es un error, y no puede provocar una descarga de la responsabilidad. No puede errar aquél que no tiene interés en conocer”.

INSÓLITA EXCULPACIÓN

En lo que la Sala Segunda discrepa del procedimiento seguido contra Messi en Barcelona es en que sus asesores fiscales fueran excluidos de toda responsabilidad por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, algo que el tribunal califica de “insólita” situación, pero que no puede suponer "añadir a tal impunidad la del defraudador aquí acusado”.

Según el Supremo, cuando Messi acudió a asesorarse fue para que le indicaran cómo lograr eludir el pago al que estaba obligado, pues "solamente desde este designio se comprenden los actos materialmente ejecutados por el acusado" y que hacen que se den todos los requisitos "del tipo objetivo del delito”.

BELICE Y URUGUAY

La Audiencia de Barcelona declaró probado que el jugador del Barcelona omitió declarar a Hacienda sus ingresos por derechos de imagen, mediante una estrategia, iniciada en 2005, consistente en crear la apariencia de que los cedía a sociedades radicadas en Belice y Uruguay. Después se formalizaron contratos de licencia, agencia o prestación de servicios entre esas sociedades y otras, en Suiza y Reino Unido que tenían suscritos convenios de doble imposición. Así los ingresos del jugador no pasaban por la Administración Tributaria española. El Barça reiteró en un comunicado "el apoyo" que siempre ha mostrado al jugador.

DELITO CONTINUADO

Por su parte, el juez Andrés Palomo precisa en su voto particular, partidario de la condena por un delito fiscal continuado, que aunque "en términos generales no siempre el delito continuado aminora las penas resultantes del concurso real, en especial, cuando la pena prevista contempla tramos de uno a cuatro años de prisión, o de uno a cinco, se atiende a su imposición mínima".

En el caso de Messi, precisa, "en modo alguno afectaría a la proporcionalidad de las penas impuestas", porque su aplicación al jugador supondría que de los 21 meses impuestos pasara 19 y medio.