Un juez tumba el recorte horario que Colau impuso al gran eje de terrazas del Poble Sec

BLAI 9 Òscar Sala con un grupo de clientes padrinos en Blai, 9.

BLAI 9 Òscar Sala con un grupo de clientes padrinos en Blai, 9.

PATRICIA CASTÁN / BARCELONA

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Los mismos empresarios y camareros que hace poco más de un año maldecían los recortes horarios que el Ayuntamiento de Barcelona impuso en el gran eje de terrazas de Blai-Blesa, en el Poble Seceje de terrazas de Blai-Blesa, en el Poble Sec, brindaban hoy jueves ante la noticia de que un juez ha tumbado la restricción municipal que les obligaba a desmontar sus mesas y sillas una hora antes que el resto de la ciudad. El colectivo, una cuarentena de operadores unidos para impugnar esa ordenación singular, la consideraba "discriminatoria" e innecesaria para controlar los excesos que se producen cuando los locales ya están cerrados, opinan.

El eje de Blai-Blesa forma parte de la treintena de ordenaciones singulares que el ayuntamiento estableció para calles que son especiales por su ubicación, afluencia o saturación de oferta, y precisan una normativa específica más allá de la controvertida ordenanza de terrazas. En este caso, en enero del 2016 el equipo de gobierno de Ada Colau convirtió el epicentro de terrazas de Poble Sec en el primero con una reducción horaria respecto al resto de la ciudad, donde de domingo a jueves hay que demontar las terrazas a las 00.00 horas, y viernes, sábado y vísperas de festivos, a la 1.00. En Blai y Blesa había que hacerlo una hora antes.

La ordenación de los nueve tramos de terraza afectados, con una supeficie de 4.762 metros cuadrados en Blai, y de 737 en Blesa, fijó un máximo de 148 mesas y un máximo de 37 veladores (entonces había 34), frente a los 42 que planteó Trias en el anterior mandato. Se prohibieron también biombos, jardineras y mobiliario auxiliar, excepto una pizarra o atril y una sombrilla, y estufas homologadas. Pero lo que no pudieron los operadores ni el Gremi de Restauració de Barcelona fue la reducción horaria. 

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Los primeros, organizados como la Asociación de Restauradores de la calle de Blai-Blesa (con 38 integrantes), presentaron recurso contencioso administrativo directo contra la ordenación "porque discriminaba respecto al resto de la ciudad", explica su abogada, Elena Moreno, tras recibir la sentencia que les da la razón y anula el recorte. El colectivo había intentado previamente pedir medidas cautelares contra dicho horario (que rechazo el juzgado), así como plantear al ayuntamiento alternativas al tijeretazo.

Entre sus propuestas -descartadas- estaban ubicar agentes cívicos o de seguridad propios para evitar que los clientes se instalaran en la zona tras el cierre de los negocios, molestando a los vecinos, o limpiar y regar antes ambas calles para disuadir a los noctámbulos. Moreno enfatiza que los problemas de convivencia vecinal podían solventarse con medidas sancionadoras por parte de las fuerzas del orden o controlando la zona, pero el consistorio optó por actuar sobre los locales.

La patronal del sector también impugnó esta normativa, pero su sentencia no ha llegado aún, aunque celebran la que ya está sobre la mesa. De momento, el ayuntamiento puede apelar ante el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, pero los afectados piensan que no prosperará porque el juez es categórico al considerar que la ordenanza de terrazas general de la ciudad es una "norma superior" a la ordenación de este eje, que no puede verse afectado en su actividad.

ABRIR LA VEDA Y CORTAR

La argumentación de Moreno en el proceso ponía el dedo en la llaga: el ayuntamiento incentivó hace una década -durante la parte final del mandato del socialista Jordi Hereu- la creación de un eje de bares y ocio en el Poble Sec, que tuviera atractivo turístico. La peatonalización de la zona fue un primer paso, al que siguieron las facilidades para la implantación empresarial. Cabe recordar que el Poble Sec había ganado mucha población inmigrante y había reivindicado más dinamización comercial.

Pero como suele pasar en Barcelona, la medida acabó con riesgo de morir de éxito. Saturación de oferta, proliferación de no pocos bares de cervezas a un euro y tapas baratas, e integración del eje de Blai en la ruta de muchos usuarios de locales de ocio del barrio acabaron causando quejas vecinales por ruidos y molestias, sobre todo nocturnas. Con la ordenación, el entonces concejal de Sants-Montjuïc, Jaume Asens, anunció "orden una zona que sufrido una presión muy intensa en los últimos tiempos". Pero los afectados arremetieron contra el consistorio por "abrir la veda" y luego castigarlos con restricciones. La sentencia afectará sin duda a la regulación de otras zonas aún en discusión.

{"zeta-legacy-despiece-horizontal":{"title":"\"La existencia de quejas vecinales no permite una actuaci\u00f3n indiscriminada\"","text":"La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, parte de la propia redacci\u00f3n de la ordenanza de terrazas de diciembre del 2013\u00a0(heredada del gobierno de Trias pero aplicada por el de Colau pese a estar en v\u00edas de modificaci\u00f3n), cuyo\u00a0art\u00edculo 30\u00a0regula los horarios generales y establece posibles modificaciones en circunsancias espec\u00edficas como fechas concretas de inter\u00e9s para la ciudad o distrito, establecimientos en zonas tur\u00edsticas o por temporada de verano. Un manual operativo al respecto aprobado en febrero del 2015 puntualiza que la petici\u00f3n de reducci\u00f3n horario no puede hacerse por \u00e1mbito, sino local por local con documentos justificativos.\u00a0Con esos fundamentos de derecho,\u00a0el juez concluye que \"se est\u00e1\u00a0forzando la interpretaci\u00f3n de la norma a l\u00edmites que superan con mucho la literalidad y finalidad.\u00a0La existencia de quejas de vecinos -aducidos por el ayuntamiento- no permite una actuaci\u00f3n de car\u00e1cter general e indiscriminada como es la presente\" (...). \"No es razonable entender que todos los bares y restaurantes de las dos calles originen molestias a los vecinos\". Mantiene que lo racional es que se trate solo de algunos y emplaza a la Administraci\u00f3n a sancionar a los que lo hagan. Anula la sentencia e impone 2.000 euros de costas al consistorio.\u00a0\u00a0"}}