Seguridad vial
Dentro de un mes las motocicletas podrán circular legalmente por el arcén en retenciones
La modificación del Reglamento General de Circulación busca descongestionar el tráfico denso garantizando la seguridad a una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora

Un motorista conduciendo por la carretera. / El Periódico
A partir del próximo 1 de octubre entrará en vigor una esperada actualización del Reglamento General de Circulación que permitirá a los motoristas hacer uso del arcén en situaciones de tráfico denso. Esta medida, orientada a fluidez del tráfico y a reducir el riesgo de alcance en caravanas, autoriza el tránsito de motocicletas por esta franja de la vía cuando la circulación principal se encuentre paralizada o fuertemente ralentizada.
Para poder acogerse a esta excepción, los usuarios de dos ruedas deberán cumplir con unas condiciones muy concretas orientadas a evitar accidentes. La norma establece que el acceso al arcén solo estará permitido en los tramos que se encuentren debidamente señalizados para este fin y siempre que las condiciones de la vía no supongan un peligro añadido para el resto de usuarios.
Límites y condiciones
La clave de este cambio normativo reside en la limitación estricta de la velocidad, fijando un tope máximo de 30 km/h para cualquier motocicleta que avance por el arcén. Con esta restricción se pretende evitar adelantamientos a gran velocidad sobre turismos detenidos, garantizando que el motorista conserve el control total sobre su vehículo y disponga de margen de maniobra ante la apertura imprevista de una puerta o una incorporación repentina.
Asimismo, la regulación deja claro que la prioridad en el arcén seguirá correspondiendo a los vehículos que por avería o emergencia deban hacer uso de él, así como a los servicios de rescate. Por este motivo, los motoristas deberán extremar la precaución y reincorporarse de inmediato a los carriles principales en caso de encontrar cualquier obstáculo o vehículo detenido en dicha franja.
Controles y sanciones
La DGT y los agentes de la agrupación de tráfico velarán por el cumplimiento riguroso de estas nuevas condiciones desde el primer día de su entrada en vigor. Rebasar el límite de 30 km/h o circular por el arcén en tramos que no cuenten con la señalización específica autorizada seguirá siendo considerado una infracción sancionable con multa económica.
Con esta regulación del uso del arcén, el Reglamento busca equiparar la normativa española a la de otros países europeos que ya permiten esta práctica con éxito. La medida no solo ofrece una alternativa ágil a los motoristas durante los atascos habituales de acceso a las grandes ciudades, sino que también contribuye a aliviar la densidad de vehículos en los carriles convencionales.
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