Seguridad vial
El gran error que cometen muchos conductores para evitar dar positivo en un control de alcoholemia
Olvídate del café o de esperar unos minutos antes de soplar: la DGT advierte que estos trucos caseros no sirven para engañar al alcoholímetro y detalla las graves multas a las que te enfrentas.

Hombre bebiendo alcohol al volante / Getty Images
Los controles de alcoholemia siguen generando todo tipo de trucos y creencias entre los conductores. Sin embargo, ni el café ni otros remedios caseros hacen desaparecer rápidamente el alcohol del organismo. La tasa se determina mediante un alcoholímetro autorizado que analiza el aire espirado, tal y como establece el Reglamento General de Circulación.
Otro de los grandes mitos es pensar que un conductor puede evitar el control si considera que ha bebido poco. La normativa permite a los agentes someter a las pruebas a los conductores dentro de controles preventivos, además de hacerlo cuando existen síntomas, se ha cometido una infracción o se ha producido un accidente. Por tanto, no es necesario que el agente observe previamente una conducción irregular para realizar la prueba.
¿Se puede engañar al alcoholímetro?
También existe la creencia de que soplar de una determinada manera puede alterar el resultado. El procedimiento está regulado y, si la primera prueba supera la tasa permitida o existen síntomas evidentes de influencia del alcohol, el agente debe realizar una segunda prueba. Entre ambas tiene que transcurrir un mínimo de 10 minutos, y el conductor tiene derecho a comprobar que se respeta ese intervalo.
Otro mito habitual es que el conductor puede negarse a soplar y evitar así la sanción. En realidad, todos los conductores están obligados a someterse a las pruebas cuando los agentes las requieren en los supuestos previstos por la normativa. Además, la negativa puede tener consecuencias penales. La DGT señala que puede castigarse con entre seis meses y un año de prisión y con la retirada del derecho a conducir de uno a cuatro años.
Los límites no son iguales para todos los conductores
Pensar que existe una cantidad de alcohol que siempre permite conducir legalmente es otro error. Para los conductores en general, el límite se sitúa actualmente en 0,25 mg/l de alcohol en aire espirado o 0,5 g/l en sangre. Sin embargo, los conductores profesionales y los que tienen menos de dos años de antigüedad del permiso tienen un límite inferior: 0,15 mg/l en aire o 0,3 g/l en sangre. Para los menores de edad que conducen, la tasa permitida es 0,0.
Además, superar determinados niveles puede convertir el positivo en un delito contra la seguridad vial La DGT establece que superar los 0,60 mg/l en aire espirado o 1,2 g/l en sangre puede conllevar prisión de tres a seis meses, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, además de la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
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