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Normativa

Confirmado por la DGT: la nueva norma para adelantar a los ciclistas entra en vigor este octubre

La DGT activa una reforma histórica del Reglamento General de Circulación que refuerza la protección a los usuarios vulnerables e introduce hábitos obligatorios en carretera

Cambia el chip al volante: así será la normativa para conducir a partir de otoño

Jesús Hellín - Europa Press - Archivo

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Fernando Álvarez

Fernando Álvarez

Madrid
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El próximo 1 de octubre entra en vigor el Real Decreto 518/2026, una de las modificaciones más profundas del Reglamento General de Circulación aprobadas en los últimos años. 

Esta normativa sitúa en el centro de la prioridad a los usuarios vulnerables (peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes eléctricos), adaptando la legislación a la convivencia real entre el tráfico tradicional y las nuevas formas de movilidad urbana e interurbana.

Para los conductores de turismos y vehículos pesados, los cambios normativos en ruta serán inmediatos y exigirán mayor precaución:

  • Adelantar a ciclistas: Ya no bastará con guardar la distancia lateral de seguridad de 1,5 metros. Además, será obligatorio reducir la velocidad al menos 20 km/h por debajo del límite máximo fijado para la vía. Si la carretera dispone de más de un carril por sentido, habrá que cambiar de carril por completo.
  • Vehículos en el arcén: La misma exigencia (guardar 1,5 metros y frenar 20 km/h por debajo del límite) se aplicará al rebasar a cualquier vehículo detenido por avería o emergencia.
  • Pasillo de emergencia: En retenciones o atascos, los conductores tendrán la obligación de arrimarse a los extremos de su carril para habilitar un pasillo central libre que facilite el paso fluido de ambulancias, bomberos y policía.
  • Señalamiento definitivo: Se consolida el uso de la luz V16 geolocalizada como único sistema legal en carretera, dejando atrás definitivamente los tradicionales triángulos.

Unificación de criterios

La reforma también aborda vacíos legales recurrentes, como la regulación de caravanas y autocaravanas. La normativa unifica criterios al determinar que este tipo de vehículos se considera correctamente estacionado (y no acampado) siempre que no sobrepase su propio perímetro con toldos o ventanas abiertas, descanse exclusivamente sobre sus neumáticos y no vierta fluidos al exterior.

Por otro lado, la ley elimina por completo las exenciones al uso del cinturón de seguridad. Colectivos que contaban con permisos para no llevarlo abrochado en trayectos cortos -como profesionales del taxi en servicio, repartidores de mercancías o profesores de autoescuela- pasarán a tener la obligación estricta de utilizarlo en todo momento.

Ante este escenario de cambio, los expertos de la firma de renting flexible Alquiber sugieren aprovechar los trayectos de las vacaciones de verano para empezar a practicar estas maniobras. Integrar la reducción de velocidad al rebasar ciclistas o la creación del pasillo de emergencia en los viajes estivales permitirá adaptar la conducción de forma natural, garantizando mayor seguridad y evitando distracciones o sanciones cuando la normativa empiece a aplicarse este otoño.