Seguridad vial
Taxistas, repartidores y profesores de autoescuela deberán usar el cinturón obligatoriamente
La DGT elimina la excepción histórica en vías urbanas para estos colectivos profesionales, que afrontarán sanciones de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos si no cumplen la ley

Llevar el cinturón de seguridad en el coche / Getty Images
El Gobierno ha aprobado una reforma integral del Reglamento General de Circulación que suprime los privilegios de seguridad vial de los que disfrutaban ciertos trabajadores. Hasta la fecha, los conductores de taxi, los repartidores de mercancías y los profesores de formación vial estaban exentos de llevar el cinturón de seguridad abrochado mientras circulaban por la ciudad. Con la entrada en vigor de esta modificación normativa, la obligatoriedad se extiende a cualquier tipo de trayecto y circunstancia, equiparándolos al resto de ciudadanos.
El incumplimiento de esta nueva regulación no se tomará a la ligera, especialmente al tratarse de colectivos que dependen del vehículo para ejercer su profesión. Las autoridades castigarán la infracción con una sanción económica idéntica a la del régimen general, que asciende a 200 euros. Además, la penalización incluye la retirada automática de cuatro puntos del permiso de conducir, una medida contundente destinada a concienciar sobre los riesgos de no ir debidamente protegidos.
Los profesionales afectados por la nueva normativa
La DGT detalla que la obligación afectará sin distinciones a los conductores del sector del taxi, del transporte de mercancías y de los vehículos de enseñanza. Esto implica que tanto los taxistas como los choferes de VTC, los mensajeros que realizan paradas continuas a corta distancia y los profesores de autoescuela que controlan los mandos adicionales, tendrán que abrocharse el dispositivo de retención en todo momento.
Hasta ahora, la legislación permitía a los repartidores evitar el cinturón durante las tareas consecutivas de carga y descarga en núcleos urbanos, y a los profesores prescindir de él mientras supervisaban a los alumnos a los mandos. Sin embargo, los análisis de seguridad vial han llevado a modificar el artículo correspondiente para retirar este amparo legal y buscar una protección total en las calles.
Excepciones y plazos de adaptación
A pesar del endurecimiento generalizado de la norma, el Ejecutivo ha decidido mantener algunas excepciones específicas por motivos de fuerza mayor. El personal sanitario que atienda a un paciente en ruta, los conductores de ambulancias y otros cuerpos de intervención urgente, como los bomberos, seguirán exentos de su uso. De igual modo, se conserva la permisividad para personas con certificados médicos de incapacidad justificada, así como para cualquier conductor que esté realizado la maniobra de marcha atrás o estacionamiento.
Aunque este cambio normativo ya ha recibido la luz verde mediante el Real Decreto, todavía requiere un periodo obligatorio de tramitación técnica e información pública para actualizar el texto del Reglamento. Por este motivo, la DGT ha fijado una fecha concreta para que la obligación empiece a ser efectiva de manera oficial en las carreteras, estableciendo el inicio de las sanciones para el 1 de octubre del presente año 2026.
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