Seguridad vial
Los motoristas, obligados a llevar chaleco reflectante a partir de octubre
La reforma del Reglamento de Circulación exige guardarlo en el vehículo para utilizarlo en caso de avería en carretera

DGT
Si te mueves en moto o scooter, ve haciendo un pequeño hueco bajo el asiento. La DGT ha actualizado las normas de tráfico con una medida que toca de lleno a todos los motoristas: el chaleco reflectante se convierte, por ley, en un accesorio obligatorio que se debe llevar siempre en la moto.
Hasta la fecha, esta exigencia se limitaba a los vehículos de cuatro o más ruedas. Sin embargo, tras la publicación del Real Decreto 518/2026, la normativa cambia para mejorar la visibilidad y protección de los motoristas en situaciones de riesgo.
¿Cuándo hay que usarlos?
Es importante aclarar que no es necesario conducir con el chaleco puesto. La ley exige llevarlo guardado en el vehículo (en el cofre, las maletas o incluso en un bolsillo de la chaqueta) para poder utilizarlo si se sufre de una avería o percance que obligue a bajar de la moto en vía interurbana, ya sea en el arcén o en la propia calzada.
El texto oficial publicado en el BOE el 24 de junio especifica la norma de la siguiente manera:
“Los conductores de motocicletas (...) deberán utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad, de acuerdo con los requisitos de los equipos de protección individual, que figura entre la dotación obligatoria del vehículo, cuando salgan de éste y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas”.
¿A partir de cuándo se multará?
Las autoridades han concedido un margen de adaptación, por lo que la medida entrará en vigor el próximo 1 de octubre.
Aunque se trata de un accesorio muy económico y fácil de adquirir, obligará a muchos usuarios a reorganizar el habitáculo de sus motos, un espacio que no suele sobrar.
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