Consejos
¿Cuándo (y cuánto) tengo que pagar el impuesto de circulación?
El impuesto de circulación es un gravamen que todos los conductores deben saldar en el periodo de tiempo establecido, ya que de lo contrario habrá que pagar intereses e incluso no se podrán realizar ciertos trámites relacionados con el vehículo.

Cada año hay que pagar el impuesto de circulación, aunque hay excepciones. / Freepik

Si tienes un vehículo a tu nombre, cada año tienes cita obligatoria con el ayuntamiento: pagar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), popularmente conocido como el impuesto de circulación o el numerito.
Este impuesto se gestiona de manera municipal, algo que implica que los precios pueden variar entre localidades, si bien existe un precio mínimo legal. Según el último informe de Automovilistas Europeos Asociados, el coste puede variar hasta en un 900%.
Eso sí, hay unos factores fijos que se usan para determinar la cuantía del impuesto de circulación: la potencia fiscal para los turismos, la cilindrada para las motos y la carga útil o el peso para furgonetas y camiones. Aunque en cada ayuntamiento se pague un precio diferente, se pueden hacer estimaciones sobre cuánto costará el numerito según el tipo de turismo: entre 20 y 60 euros para coches pequeños, 60 y 140 euros para los de potencia media e incluso más de 200 euros para los turismos de gran potencia.
¿Cuándo se paga el impuesto de circulación?
Hay un periodo de pago voluntario del IVTM, pero este puede variar según el ayuntamiento. No obstante, en la mayoría de ciudades españolas el plazo suele situarse entre el 1 de marzo y el 31 de mayo, aunque algunos municipios lo adelantan o retrasan, por lo que es importante consultar las condiciones y los plazos en cada localidad.
Es importante tener en cuenta que el impuesto se devenga el 1 de enero, es decir, que el propietario está obligado a pagar el año completo, aunque el coche se acabe vendiendo antes de finalice el año.
¿Se recibe el aviso de pago?
Los ayuntamientos suelen enviar una carta al domicilio fiscal para recordar el periodo de pago del impuesto de circulación, aunque no siempre llega. Si no recibes el aviso, es responsabilidad del contribuyente consultar y abonar el impuesto a través de la sede electrónica del ayuntamiento correspondiente o de forma presencial.
Cabe recordar que la DGT no cobra el impuesto, aunque sí exige que esté pagado para realizar trámites como transferencias o cambios de titularidad del vehículo.
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