Violencia machista

Condenado a 11 años de cárcel por secuestrar a su expareja en Salt y violarla en Mollet

El tribunal no da ninguna credibilidad a la versión exculpatoria del acusado y califica su relato de "pintoresco"

La sentencia también le impone 5 años de libertad vigilada y que no pueda acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse con la chica durante 12 años

El acusado, de espaldas, durante el juicio en la Sección Cuarta de la Audiencia de Girona.

El acusado, de espaldas, durante el juicio en la Sección Cuarta de la Audiencia de Girona. / ACN / Xavier Pi

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La Audiencia de Girona ha condenado a 11 años de cárcel al acusado de secuestrar a la expareja en Salt (Gironès), llevarla en coche hasta Mollet del Vallès (Vallès Oriental) y violarla en un descampado. Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 23 de enero del 2020, cuando el procesado recogió a la víctima con la excusa de devolverle unas pertenencias.

El tribunal no da credibilidad alguna a la versión exculpatoria del procesado y califica el relato de la defensa de "pintoresco", por tratar de justificar las múltiples lesiones de la víctima con "una relación sexual efusiva, alocada o brusca". La sentencia también le impone 5 años de libertad vigilada y que no pueda acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse con la chica durante 12 años.

La fiscalía y la acusación particular le acusaban de delitos de detención ilegal, violación, maltrato en el ámbito de la violencia contra la mujer y amenazas y pedían que le condenaran a un total de 20 años y 4 meses de prisión. En tres de los delitos le apreciaban el agravante de parentesco. La defensa solicitaba la absolución.

La sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia de Girona, de la que ha sido ponente la magistrada Mercedes Alcázar, recoge que entre el año 2019 y el 2020 el procesado -originario de Marruecos y de 56 años- y la víctima -que actualmente tiene 24 años- mantuvieron una relación de pareja con convivencia que duró unos seis meses. Juntos, vivían en Terrassa pero cuando rompieron, inicialmente de forma "amistosa", la víctima se trasladó a Salt.

Fue en esta población donde quedaron la tarde del 23 de enero del 2020. Según expone la sentencia, el acusado fue a buscar a la víctima en coche para devolverle algunas pertenencias e ir a comer juntos. La joven subió al coche, acompañada de una amiga: "Después de dejarla en el trabajo, situado en el propio Salt, continuaron el trayecto ambos solos".

La víctima se dio cuenta de que el procesado estaba conduciendo hacia la autopista para marcharse de Salt: "Le requirió que diera la vuelta, llegando ella misma a coger el volante del coche para corregir la marcha pero el acusado hizo caso omiso". El tribunal apunta a que el procesado era plenamente consciente de que estaba reteniendo a la víctima contra su voluntad y atentando contra su libertad.

Dirección Mollet

El hombre siguió la marcha. De camino se detuvo a poner gasolina pero dejó a la víctima encerrada en el vehículo para evitar que pudiera huir o pedir ayuda. Por último, llegaron a una especie de parking de Mollet del Vallès. El acusado aparcó el vehículo y le propuso mantener relaciones sexuales, pero ella se negó. Según la sentencia, con la intención de "causar temor" en la chica y "doblar su voluntad", amenazó con matarla si no accedía a tener sexo.

La víctima, asustada, logró abrir la puerta del coche y salir corriendo, pero el procesado la atrapó, la derribó, la golpeó reiteradamente y la cogió por el cuello para que no llamara. Luego, la obligó a volver a entrar en el coche y la violó.

Posteriormente, el acusado condujo hasta un sitio cercano donde había quedado con un amigo. La víctima hizo ver que quería saludarle y aprovechó para huir "a la carrera" hasta que pudo llegar a la avenida Llibertat de la población donde logró ayuda de peatones y de personal sanitario.

Como resultado del ataque, la joven sufrió múltiples lesiones en la cara, en el cuello, en las piernas y en la espalda que la Audiencia concluye que son totalmente compatibles con el relato de los hechos. A la hora de dictar sentencia, la sala apunta a que el relato de la víctima ha sido persistente a lo largo del tiempo y que, además, está apuntalado con las declaraciones de los testigos a los que pidió ayuda y las lesiones objetivadas.

Relato "pintoresco"

El tribunal, por el contrario, no da credibilidad a la versión del acusado, que aseguró que mantuvieron relaciones sexuales consentidas, llegando a calificar de "pintoresco" el relato de la defensa: "No se dan razones que expliquen la elección del lugar para realizar el acto sexual, siendo pintoresca, pero no aceptable en derecho la tesis de la defensa, que ha tratado de explicar la existencia de múltiples lesiones sugiriendo que poda tratarse, en todo caso, de una relación sexual efusiva, alocada o brusca".

En concepto de responsabilidad civil, el tribunal le obliga a indemnizar a la víctima con 6.490 euros. La sentencia no es firme y puede recurrirse interponiendo recurso en el TSJC.

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