'NO' A UN PROYECTO POLÉMICO

El Ayuntamiento de Mataró celebra el revés judicial al macroprostíbulo

Comparecencia de los grupos municipales en el Ayuntamiento de Mataró.

Comparecencia de los grupos municipales en el Ayuntamiento de Mataró.

ACN / El Periódico

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El Ayuntamiento de Mataró (Maresme) ha celebrado que el juzgado contencioso-administrativo número 10 de Barcelona haya denegado al empresario Josep M. Colomer Ribot la licencia para construir un macroprostíbulo el polígono las Hortes del Camí Ral, en las afueras de la ciudad.

Ayer lunes, los nueve grupos municipales comparecieron para mostrar su "satisfacción" hacia el impedimento para abrir el burdel.

"El juzgado ha sido bastante claro: ha dicho que no tiene derecho a que se le reconozca el permiso de obras porque la licencia que tenía está caducada y, en todo caso, aquella licencia era para un edificio industrial", resumió el alcalde, David Bote (PSC), que insistó durante su comparecencia en que el proyecto del macroprostíbulo "no encaja" en la ciudad.

"Perjudica a la imagen de la ciudad"

Bote aseguró que el auto del juez "reafirma" el posicionamiento que ya expresó el consistorio en febrero del 2018, cuando advirtió el promotor que no disponía de licencia para llevar adelante las obras. Al mismo tiempo, el alcalde definió que los grupos políticos quieren que la ciudad se base en un "desarrollo económico moderno, sostenible y socialmente responsable".

"Queremos que Mataró esté en el mapa porque somos innovadores, apostamos por la cultura, valoramos el talento de nuestra gente y aspiramos a la excelencia de los sirvicios públicos", añadió Bote, asegurando que "un macroprostíbulo, sin de duda, no encaja en esta hoja de ruta y perjudica a la imagen de la ciudad ".

El recorrido judicial

En noviembre de 2017, el empresario Colomer Ribot había conseguido mediante una sentencia del mismo Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que se le reconociera la licencia ambiental que el Ayuntamiento le había dado mediante decreto en enero de 2010. 

El empresario argumentaba que disponer de ésta representaba recuperar automáticamente la licencia específica que le permitía sacar adelante las obras, pero no ha sido así.

Ahora, el juzgado en cambio determina que el titular de la licencia de actividad no dispone de licencia de obras, y que la que se concedió en 2007 se encuentra caducada y además se refería a la construcción de un edificio industrial para uso indeterminado, es decir, no vinculado a ninguna actividad concreta.

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