Sentencia
El TS rechaza que construir el Puerto de Mataró erosionara la playa de Cabrera
La sentencia considera que la acusación no ha sido "acreditada" y se considera que la destrucción ya era "previa"
La Sala tercera contenciosa-administrativa del Tribunal Supremo (TS) ha descartado que la construcción del Puerto de Mataró haya causado daño ambiental en la costa de Cabrera de Mar por la desaparición y total erosión de su playa.
Según ha informado este miércoles el Supremo, han desestimado un recurso del Ayuntamiento de Cabrera de Mar que pretendía que se declarara la existencia de daño ambiental en su costa y que se atribuyera una responsabilidad solidaria al gestor del puerto, a la Generalitat y al Ministerio de Medio Ambiente.
El TS, que confirma así la sentencia de la Audiencia Nacional de julio de 2016, considera que no se aprecia la necesaria relación de causalidad entre la actividad económica o profesional del puerto y el presunto daño que requeriría el reconocimiento de una responsabilidad ambiental.
No es culpa de Mataró
El Ayuntamiento alegaba que la construcción del Puerto de Mataró (entre 1988 y 1991) había interrumpido el transporte natural de sedimentos a la costa de su municipio, al sur de dicha infraestructura, quedándose sin playa por la erosión, lo que generaba un "gravísimo perjuicio" ecológico, económico y turístico, al ser uno de los mayores activos del municipio.
La sentencia considera que "no ha quedado acreditado que la regresión de la playa se deba al Puerto de Mataró en exclusiva, por cuanto que se había constatado previamente la erosión en dichas playas".
"En definitiva, no sólo es que los daños en la playa no sean consecuencia de una actividad económica o profesional, sino que tampoco queda acreditado que sean exclusiva consecuencia de la propia construcción del puerto, tal y como se concluye del examen de la prueba practicada", concluyen.
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