Movilidad

Barcelona regula el uso del patinete y prioriza al peatón

La modificación de la ordenanza de movilidad urbana introduce novedades para el uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), bicicletas y motocicletas, con sanciones de hasta 500 euros en caso de incumplimiento

La modificación de la OCVV alinea la normativa local a los cambios de la Ley de Tráfico

La modificación de la OCVV alinea la normativa local a los cambios de la Ley de Tráfico / Ajuntament de Barcelona

Claudia Pizcueta

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Este mes de febrero ha entrado en vigor la modificación de la Ordenanza de circulación, peatones y vehículos (OCVV) que alinea la normativa local a los cambios de la Ley de Tráfico. Mientras la DGT ultima el nuevo reglamento, el Ajuntament ha optado por aplicar estos cambios en la ordenanza municipal para mejorar la seguridad vial de la ciudad.

“Los principales cambios afectan a tres colectivos: usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), ciclistas y motoristas”, explica Adrià Gomila, director de Serveis de Mobilitat del Ajuntament. La nueva normativa busca regular el uso de los VMP y garantizar que las aceras sigan siendo un espacio exclusivo para los peatones.

Normas más claras

Uno de los principales objetivos de la ordenanza es la regulación más clara de los patinetes eléctricos y otros VMP. La normativa los define como vehículos unipersonales, lo que implica que podrá circular solo una persona. Además, establece elementos de seguridad obligatorios, como el casco y luces delanteras y traseras. Su incumplimiento se sancionará con 100 euros.

La normativa ya prohibía el uso de patinetes eléctricos a menores de 16 años y limitaba su circulación a carriles bici y calles con un máximo de 30 km/h. Con la modificación, también se prohíbe su uso en vías de hasta 50 km/h y se establece una velocidad máxima de 25 km/h. Además, en los carriles bici sobre la acera, la velocidad máxima se reduce a 10 km/h.

Aceras para los peatones

Uno de los principales objetivos del Ajuntament de Barcelona al modificar la ordenanza es proteger las aceras para el uso exclusivo de los peatones. Por este motivo, se sancionará con 500 euros la circulación de bicicletas, patinetes eléctricos y otros VMP por las ellas.

Esta medida no se aplicará a los menores de 12 años y los adultos que los acompañen, quienes podrán circular en bicicleta por las aceras. Además, en calles sin carril bici, esta excepción se amplía hasta los 14 años y a los adultos que transporten a menores de edad, “siempre que se utilicen dispositivos homologados como sistemas de remolque o sillitas”, apunta Gomila.

En cualquier caso, la nueva ordenanza establece la obligación de que los usuarios de bicicletas, patinetes eléctricos y VMP bajen del vehículo en situaciones de aglomeración de peatones. De lo contrario, se sancionará con 100 euros. Queda también prohibido atar estos vehículos a árboles, semáforos, bancos, contenedores o cualquier otro mobiliario urbano.

Carga y descarga

La modificación de la normativa regula también el uso del espacio público para bicicletas y patinetes eléctricos de reparto, permitiéndoles usar zonas de carga y descarga como lo hace cualquier vehículo a motor y detenerse en espacios de la acera donde se permite el estacionamiento de motos si no hay espacio habilitado. Además, prohíbe la carga y descarga en carriles bici.

Agentes en las calles

“Desde enero contamos con equipos de informadores en la calle, en zonas de alta afluencia de ciclistas y usuarios de VMP”, explica Adrià Gomila. Diez parejas de informadores, una por distrito, recorren las calles y establecimientos especializados para difundir las novedades de la normativa de movilidad. El incumplimiento de las nuevas reglas puede conllevar sanciones que oscilan entre los 50 y los 500 euros, según la infracción. “Buscamos garantizar que las aceras sean exclusivamente para los peatones, mejorar la seguridad de los usuarios de VMP y bicicletas y fomentar una mejor convivencia en el espacio urbano”, concluye Gomila.

Se prohíbe el estacionamiento de motos en zonas de acceso a colegios y hospitales

Nuevas reglas para motoristas: dónde y cómo aparcar

Las motocicletas y ciclomotores deben estacionarse siempre en la calzada. Sin embargo, la modificación de la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos ha apuntado algunos cambios. “La principal novedad es la prohibición del estacionamiento de motos en zonas de acceso a centros escolares y hospitales”, explica Adrià Gomila, director de Serveis de Mobilitat del Ajuntament. Su infracción se penará con 100 euros. Esta medida busca mejorar la convivencia y priorizar a los peatones en la entrada, salida y permanencia en estas zonas sensibles.

“La normativa vigente sigue exigiendo dejar una franja de paso de 3 metros para los peatones y evitar obstruir el acceso a contenedores, aparcamientos de bicicletas o zonas para personas con movilidad reducida”, añade Gomila. En caso de incumplimiento, la sanción podrá alcanzar los 100 euros.

Si no es posible aparcar en la calzada y no hay señalización que lo prohíba, las motos pueden estacionar en la acera siempre que tenga al menos 3 metros de ancho. En aceras de entre 3 y 6 metros, el estacionamiento debe ser en paralelo, sin obstaculizar la salida de aparcamientos, papeleras o contenedores. Además, se debe respetar una distancia mínima de 2 metros de los pasos de peatones y paradas de autobús, garantizando siempre un espacio libre de 3 metros para los peatones. En aceras de más de 6 metros de ancho, los motoristas podrán aparcar en semibatería.

La normativa también refuerza las medidas de seguridad vial. Es obligatorio adaptar la velocidad a la vía. Más de la mitad de las calles de Barcelona tienen un límite de 30 km/h. Al girar o cambiar de carril, se deben señalizar siempre las maniobras y evitar zigzaguear entre los vehículos. También es imprescindible llevar casco homologado, así como otras protecciones adicionales y está prohibido el uso del móvil o cualquier otro dispositivo electrónico mientras se conduce, con el fin de evitar distracciones.