REGALO ESTRELLA DE LAS FIESTAS

El Ayuntamiento de Barcelona recuerda que un patinete eléctrico no es un juguete

Repartirá 80.000 folletos en los comercios para explicar las obligaciones de los usuarios de estos vehículos

Un patinete eléctrico, en el centro de Barcelona.

Un patinete eléctrico, en el centro de Barcelona. / FERRAN NADEU

El Periódico

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Esta Navidad se espera que los vehículos de movilidad personal, especialmente los patinetes eléctricos, sean los regalos estrella de las fiestas. Para recordar la normativa de circulación y garantizar una buena convivencia entre los diferentes medios de movilidad, el Ayuntamiento de Barcelona repartirá 80.000 folletos en los comercios de la ciudad.

La Ordenanza de circulación de peatones y vehículos de Barcelona, una medida pionera en todo el mundo, regula, entre otros, la circulación de patinetes eléctricos, segways y ruedas eléctricas, y vehículos de más de dos ruedas que se utilizan en actividades comerciales para el transporte de personas o mercancías.

¿Quién puede y cómo se puede circular?

La edad mínima para utilizar un vehículo de movilidad personal en la vía pública es de 16 años. Además, se recomienda el uso de casco protector, que es obligatorio cuando se utiliza un vehículo de más de 25 kilogramos, y no se pueden superar los 30 kilómetros por hora.

¿Por dónde se debe circular?

Los patinetes eléctricos pequeños y grandes, rueda eléctrica y segwaystienen que circular por los carriles bici, a una velocidad máxima de 10 kilómetros por hora si está situado en la acera y de 30 kilómetros por hora si se encuentra en la calzada. Estos vehículos también pueden circular por los parques públicos, las calles de plataforma única y, si el vehículo llega a 20 kilómetros por hora, por las zonas 30.

Uso comercial o de ocio

Los vehículos de más de dos ruedas que se utilizan para realizar algún tipo de actividad económica o de ocio, como por ejemplo los servicios de los bicitaxis, pueden circular por los carriles bici siempre que la anchura de la infraestructura lo permita, por las calles con plataforma única, las zonas 30 y las calzadas que no correspondan a la red básica de la ciudad.

Si se trata de vehículos de transporte de mercancías, además de por estas vías también pueden circular por los parques públicos en caso de que tengan que acceder a los chiringuitos, y pueden utilizar las aceras de más de 4,75 metros de ancho y 3 metros de espacio libre, pero solo para acceder al punto de destinación.

Además, la explotación económica de patinetes y segways para grupos incluye otras restricciones: es obligatorio el acompañamiento de un guía y si el grupo es de entre tres y seis personas, solo podrá circular por las rutas establecidas.

Normativa adaptada a los barrios

La ordenanza prevé que en los distritos con más densidad de uso se puedan aplicar ordenaciones más restrictivas. Es, por ejemplo, el caso de Ciutat Vella, donde los vehículos de movilidad personal solo pueden circular por determitadas rutas para garantizar un uso equilibrado del espacio público y una buena convivencia con el vecindario.