Madrid

Multada con 2.000 euros por dejar una caja de cartón fuera del contenedor de reciclaje

El abandono de cartón en vía pública está considerada "infracción grave o muy grave"

Contenedores de basura

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EFE

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Una vecina del madrileño barrio de Aravaca ha sido multada con 2.001 euros por haber abandonado una caja de cartón fuera del contenedor de reciclaje de residuos correspondiente.

El caso lo ha publicado este lunes el diario El País, que afirma que la mujer fue localizada después de que inspectores municipales vieran sus datos personales en el embalaje depositado sobre la acera, junto a un contenedor, en la calle donde vive.

La cuantía de la multa es lo sorprendente, tanto que el alcalde de Madrid, Martínez-Almeida, ha sido preguntado al respecto tras un acto municipal.

Almeida se ha mostrado "sorprendido" por el monto de la sanción, aunque ha argumentado que la ley estatal deja "poco margen" porque "califica el abandono de cartón en vía pública como infracción grave o muy grave".

"Eso no quiere decir, en mi opinión, que por dejar un cartón en la calle haya que multar con 2.000 euros", ha valorado el alcalde.

Ha recordado, a renglón seguido, que el Ayuntamiento está tramitando la nueva ordenanza de limpieza, cuyo anteproyecto se aprobó el jueves pasado en Junta de Gobierno, por lo que se abrió el periodo de información pública por el periodo de un mes. Ese anteproyecto recoge que la práctica de dejar grandes cajas de cartón a los pies de los contenedores, que "perjudica" la "imagen de limpieza", pasará a sanciones de una media de 200 a 2.000 euros.

"Obviamente habrá que ver cuáles son los criterios de sanción y cuáles son las cuantías económicas", ha dicho el alcalde, quien considera que una multa de 2.000 euros no se corresponde con dejar un cartón en la calle, sino más bien con que se tire "un volumen de cartón importante" por parte de algún comercio o empresa, "que son habitualmente los que tienen mayor cantidad de cartón".

La ordenanza de limpieza, ha seguido Almeida, "lo que busca es perseguir conductas incívicas" como la de dejar cartón en la calle, pero "eso no quiere decir que se pueda o deba sancionar a una persona con un mero carácter recaudatorio sino, en su caso, disuasorio de que no se vuelva a producir".