Multa de 5.400 euros y 6.000 de indemnización
El TS revisa la condena a 'Kichi' por calumniar al anterior gobierno del PP
Aseguró que dejaron "a sabiendas a un barrio consumir agua contaminada durante varios días"
El Periódico
Bajo la firma ‘El Periódico’ se podrán encontrar informaciones de actualidad realizadas de manera conjunta por varios miembros del equipo de última hora u otra sección, elaborada con distintas fuentes y en la que ninguna de las aportaciones sea prioritaria ni incluya una información suficientemente sustantiva como para justificar una firma concreta.
El Tribunal Supremo revisa este miércoles la sentencia que condenó al alcalde de Cádiz, José María González 'Kichi', a pagar una multa de 5.400 euros por asegurar en una asamblea de vecinos que el anterior equipo de gobierno, del PP, suministró "a sabiendas" agua contaminada al barrio de Loreto, según informa EFE.
La Sala de lo Penal se reúne a partir de las 10.00 horas para la deliberación y fallo del recurso de casación presentado por el regidor gaditano contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que le consideró responsable de un delito de calumnias. El ponente será el magistrado Miguel Colmenero.
Además de los 5.400 euros de multa, el tribunal le impuso una indemnización de 6.000 euros a la exalcaldesa Teófila Martínez y al expresidente de Aguas de Cádiz y exconcejal popular Ignacio Romaní.
Los hechos se remontan a marzo de 2016 cuando en una asamblea de vecinos el alcalde afirmó: "no hay explicación que justifique dejar a sabiendas a un barrio consumir agua contaminada durante varios días", según recuerda la sentencia de la Audiencia de Cádiz.
En aquella asamblea el alcalde y sus ediles expusieron a los vecinos el resultado de un informe sobre el episodio de contaminación de aguas que obligó en 2014 a cortar el servicio durante varios días al barrio de Loreto de la capital gaditana y en el que se apuntaba que se tuvo conocimiento de la presencia de bacterias antes de cerrar el suministro.
Pese a que no fueron nombrados directamente, la exalcaldesa y el exconcejal entendieron que se trataban de acusaciones directas contra ellos, por lo que llevaron el caso ante la Justicia.
En julio de 2018 el Juzgado de lo Penal número 5 de Cádiz absolvió al edil, pero la Audiencia estimó el recurso de Teófila Martínez y condenó al alcalde por calumnias, con el criterio en contra de la Fiscalía que siempre abogó por la absolución.
Él regidor recurrió al Supremo porque dijo estar "absolutamente convencido" de que "en el barrio de Loreto se suministró agua no apta para el consumo durante 14 días", al tiempo que rechazó dimitir por la sentencia ya que precisó que una condena por calumnias "no es lo mismo que meter la mano en las arcas públicas".
- Barcelona, “decepcionada” y “preocupada” por que la Generalitat anuncie una desalinizadora flotante en el puerto sin avisarle
- García-Castellón y Gadea dejarán sus plazas en la Audiencia Nacional y Pedraz sopesa hacerse con el juzgado del Tsunami, por Ernesto Ekaizer
- El invierno vuelve por Sant Jordi: los meteorólogos alertan del fenómeno que nos espera la próxima semana en Catalunya
- El presidente del PP de Esplugues coló durante años facturas personales como gastos del partido para pagarlas con dinero público
- Airbnb aconseja a los propietarios que no anuncien las piscinas en sus alojamientos turísticos
- Vuelve Moisés a Pasapalabra: el concursante desvela los problemas que sufrió en el pasado y por los que tuvo que abandonar el programa
- DANA a la vista: estas serán las zonas más afectadas
- Sumergir los pies en vinagre, la nueva tendencia que arrasa: estos son sus beneficios