GUERRAS INTERNAS DEL PP DE MADRID

La Audiencia confirma la absolución de los acusados por el espionaje político

Los magistrados corroboran el fallo del jurado popular porque las pruebas practicadas "no ofrecen la contundencia y claridad necesarias"

Esperanza Aguirre a su salida de la Audiencia Provincial de Madrid

Esperanza Aguirre a su salida de la Audiencia Provincial de Madrid / DAVID CASTRO

Europa Press

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La Audiencia Provincial de Madrid ha sentenciado, siguiendo el veredicto formulado hace unos días por el jurado popularveredicto jurado popular, la absolución de los seis acusados por un delito de malversación de caudales públicos en el caso del supuesto espionaje político a excargos del PP en el 2008.

La Sección V de la Audiencia señala que toda la actividad probatoria practicada "no infiere con un margen de probabilidad rayano en la certeza" la concurrencia de este delito de malversación tanto en su patrimonio como en la utilización de los medios puestos a su disposición".

"En definitiva, las pruebas practicadas no ofrecen la contundencia, claridad y fiabilidad necesaria, habiendo surgir en el Jurado una duda más que razonable que en virtud del principio 'in dubio pro reo' y el de presunción de inocencia, ha de ser resuelta a favor de los acusados", han señalado los magistrados en un fallo al que ha tenido acceso Europa Press.

Ya en la lectura del veredicto, el portavoz del tribunal del jurado declaró no culpables de los hechos delictivos sobre los que fueron acusados al exdirector de Seguridad Sergio Gamón; a Miguel Castaño, a José Oreja, a José Antonio Coronado y a José Manuel Pinto. La mayoría han sido exonerados por unanimidad. Gamón y Castaño lo han hecho por mayoría de cinco a cuatro.

Seguimientos no acreditados

Y tampoco dieron como probados los seguimientos aludiendo a la declaración de Enrique Barón y de Alfredo Prada, entre otros. El primero afirmó en su testifical que no se pudo determinar tal extremo, mientras que Prada sostuvo que sus escoltas no detectaron nada raro.

Además, no dieron validez a los posicionamientos telefónicos ni tampoco a las pruebas caligráficas de los partes de seguimiento. Sobre la malversación de caudales, los ciudadanos que componen el tribunal han concluido que no se han detectado "gastos irregulares".

Con el veredicto, se pone fin a un procedimiento judicial que nunca ha llegado a "la verdad", según varios de los acusados. Pese a la retirada de los 'seguidos', Alfredo Prada y Manuel Cobo, el juicio siguió adelante con las acusaciones del PSOE y de la Comunidad de Madrid, en cuyas conclusiones afirmaron que los hechos habían quedado acreditados con la práctica de la prueba en la vista oral.

En su alegato final, cuatro de los acusados atribuyeron la acusación a "un sucio montaje político, periodístico y policial"político, periodístico en el que han sido "víctimas de la corrupción política" y "del sistema" al ser vendidos como "carnaza" para "ocultar la verdad" que hay detrás de "detectives" que habrían sido contratados por "los dos grandes partidos políticos".

Anuncio de querellas

El abogado defensor Javier Vasallo presentará una querella contra los investigadores de la UDEF que llevaron el atestado y contra el exfiscal Manuel Moix a raíz de las declaraciones del excomisario Jaime Barrado, quien admitió que se prevaricó en la investigación policial.

En su comparecencia final, José Oreja, Antonio Coronado, José Manuel Pinto y Luis Caro Vinagre denunciaron que la acusación está relacionada con "el bosque oscuro de la corrupción" implicando a los excomisarios de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (Udef) que instruyeron el atestado y el exfiscal jefe Manuel Moix.

El PSOE y la Comunidad de Madrid mantuvieron su acusación al considerar que hay pruebas que acreditan los hechos producidos los meses previos al Congreso Nacional que celebró el PP en Valencia en junio de 2008. En cambio, la representante del Ministerio Fiscal reclamó la absolución de los seis acusados al afirmar que toda la causa se ha basado en unas informaciones periodísticas que no valen como carga probatoria.