Política municipal sobre los comercios

Madrid defiende que los locales con música sigan sin poder instalar terrazas

El Ayuntamiento insiste en la continuidad de esta medida para "proteger el descanso y los derechos empresariales"

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El Periódico / Agencias

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El Ayuntamiento de Madrid defiende que los establecimientos con música sigan sin poder instalar terrazas. Es una de las 22 alegaciones presentadas por el Consistorio al Catálogo LEPAR para "proteger el descanso vecinal y los derechos del tejido empresarial", ha informado el área de Coordinación Territorial y Cooperación Público-Social, con el concejal Nacho Murgui al frente.

Además, en el texto del borrador regional se permite que, por primera vez, todos los bares y cafeterías de la ciudad tengan ambientación musical, en contra de la prohibición vigente. Esto "podría tener gran influencia sobre la tranquilidad vecinal, por lo que resulta imprescindible definir qué se entiende por ambientación musical", indican desde el Consistorio. 

Otra de las alegaciones plantea que se regule vía decreto qué se entiende por 'barra de degustación', quedando así incorporada la definición como actividad sujeta al ámbito de aplicación de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR).

Agravante en las ZPAE

El Ayuntamiento plantea asimismo considerar agravante cuando las infracciones tengan lugar en Zonas de Protección Acústica Especial (ZPAE) o con algún tipo de protección ambiental y pide limitar el procedimiento de las Declaraciones Responsables para el inicio de las actividades comprendidas en la LEPAR proponiéndose como requisito previo la visita de inspección municipal, además de contar con licencia de funcionamiento.

El Ayuntamiento de Madrid ha presentado 22 alegaciones y aportaciones al texto de modificación del Decreto 184/1998, de 22 de octubre de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos regulado por el Gobierno regional, al considerar que el texto original aprobado supondría una "mayor afección acústica en el entorno y una mayor molestia a la ciudadanía".

Además, el Consistorio plantea una serie de sugerencias, como dar más competencias a los municipios en régimen sancionador y disciplina urbanística incluyendo un régimen disciplinario y sancionador que dote a los ayuntamientos de las herramientas necesarias para el correcto desempeño de sus funciones en el control del ejercicio de las actividades y el restablecimiento de la legalidad urbanística.

Modificación del catálogo

La Comunidad de Madrid ha iniciado el proceso de modificación del Catálogo de Espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones (Decreto 184/1998), que data de 1998. Este catálogo venía a completar la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (Ley 17/1977), conocida como LEPAR, también autonómica, especificando y describiendo las actividades y locales sobre los que esta era de aplicación.

El Ayuntamiento "valora positivamente" que la Comunidad haya iniciado la actualización de este catálogo, de 20 años de antigüedad, toda vez que en este tiempo los hábitos de ocio y tiempo libre y, en consecuencia, las actividades reguladas por el Catálogo, han cambiado sustancialmente. El texto de este borrador de Decreto de modificación del catálogo ha surgido de un cierto proceso de concertación en el que la Comunidad ha convocado al sector empresarial, el vecinal y a los municipios.

Uno de los elementos más novedosos de esta modificación es que permite la complementariedad de actividades pero "sin una definición detallada de en qué términos y qué tipo de actividades podrían ser complementarias: se desconoce si podría ser posible un local bar restaurante que, además, pueda funcionar como discoteca, por ejemplo, lo que tiene grandes implicaciones en relación con aislamientos acústicos, en horario, edad mínima de acceso, etc".