Consumo recreativo

México: La Suprema Corte abre un nuevo panorama para legalizar la marihuana

El Tribunal Supremo estableció jurisprudencia que permitirá que las personas puedan cultivar y consumir cannabis con fine lúdicos

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El Periódico

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En una decisión que puede marcar un nuevo rumbo en el uso y la legalización de las drogas en México, la Suprema Corte de este país estableció jurisprudencia al permitir el cultivo y consumo con fines lúdicos de marihuana a cualquier ciudadano que solicite un permiso al Gobierno federal. Por mayoría de cuatro votos en favor y uno en contra, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó los recursos de amparo bajo las ponencias de los jueces Norma Piña y Arturo Zaldívar.

En ambos casos se reiteró, por quinta ocasión, la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del consumo recreativo de marihuana. Lo anterior permitió integrar jurisprudencia sobre el tema, ya que la Primera Sala sostuvo que el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad "permite que las personas mayores de edad decidan -sin interferencia alguna- qué tipo de actividades lúdicas desean realizar y protege todas las acciones necesarias para materializar esa elección".

No hay justificación para la prohibición

También se aclaró que "ese derecho no es absoluto y que podría regularse el consumo de ciertas sustancias, pero las afectaciones que provoca la marihuana no justifican una prohibición absoluta a su consumo".

“Lo deseable sería que el Congreso legislara para que se regule y se reglamente el autoconsumo de la marihuana, para que no quede en una situación complicada para todos los que no son consumidores de marihuana", explicó el ministro Arturo Zaldívar, quien dijo que la pelota está en el Legislativo.

Tras dictar jurisprudencia, la Suprema Corte podrá discutir en el pleno la declaración de inconstitucionalidad de la prohibición del consumo de marihuana con fines lúdicos, lo cual anularía la norma, por lo que Zaldívar dijo que es preferible que se legisle sobre la materia.

Por lo tanto, la Primera Sala ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) que autorice a los solicitantes de los amparos "consumir personalmente marihuana, sin que eso les permita comercializarla ni utilizar otros estupefacientes o psicotrópicos".