El proceso de paz
El Congreso de Colombia aprueba una ley de amnistía para las FARC
La norma incluye un tratamiento jurídico especial para agentes del Estado y excluye a los autores de delitos de lesa humanidad
El proceso de paz en Colombia ha desencallado esta miércoles uno de los puntos que más debate ha suscitado en el país al aprobar una ley de amnistía e indulto para las FARC. En aras del equilibrio político, el Congreso colombiano también ha aprobado conceder un tratamiento jurídico especial para los agentes del Estado que participaron en el conflicto armado y sobre los que pesan acusaciones o están bajo proceso judicial.
El presidente Juan Manuel Santos, Nobel de la Paz 2016 por sus esfuerzos para alcanzar un acuerdo con la guerrilla, consideraba capital este paso dado ahora por el Parlamento. La iniciativa se ha aprobado con 69 votos a favor y ninguno en contra. Se calcula que esta nueva ley blindará a más de 5.000 guerrilleros que en virtud del pacto de La Habana abandonaron las armas e iniciaron el complejo viaje de regreso a la vida civil. A su vez, más de mil presos pertenecientes a las FARC recuperarán su libertad de manera condicional. A finales de enero se determinará cuántos guerrilleros quedan al margen de estos beneficios.
Santos expedirá de inmediato un decreto para promulgar la ley. La amnistía extingue la acción y la sanción penal sin perjuicio de las obligaciones de reparación derivadas del compromiso establecido en el Sistema Integral de Verdad Justicia Reparación y No repetición.
De acuerdo con el portal de la revista Semana, con la ley de amnistía "desaparece el mayor argumento que había esgrimido la guerrilla" para iniciar su tránsito a las zonas pactadas para la entrega de las armas y la conversión en movimiento político.
FUERA DEL PERDÓN
Por otra parte, el "tratamiento jurídico especial" que recibirán los agentes del Estado procesados o condenados por crímenes en el marco del conflicto, permite tranquilizar el frente castrense.
Se ha subrayado que no habrá perdón para los responsables de delitos de lesa humanidad, genocidio, graves crímenes de guerra, toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, violencia sexual, sustracción de menores, desplazamiento forzado, reclutamiento de menores y delitos comunes que carecen de relación con la rebelión.
No es la primera vez que el Congreso aprueba una norma de esta naturaleza. Hace 24 años otra ley similar benefició a los integrantes de la guerrilla urbana M-19. Paradojas de la historia: en aquel 1992, el entonces senador Álvaro Uribe fue un fervoroso defensor de esa normativa. En esta ocasión, sin embargo, y en el marco de su duro enfrentamiento con Santos, decidió no votarla.
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