Factura inflada

Naturgy debe pagar 163 euros a un cliente por algo que las energéticas están haciendo mucho

Naturgy gana un 37% más pese a la subida del precio del gas de Argelia

factura luz

factura luz / Álvaro Monge

Lola Gutiérrez

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La empresa energética Naturgy es, junto con Vodafone, Apple, Endesa y Ryanair, una de las cinco empresas que operan en España que más reclamaciones recibe por parte de los consumidores, según la lista elaborado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) a partir de los datos de una herramienta online de la que dispone.

Y es precisamente Naturgy la empresa que debe devolver más de 160 euros a un cliente. En concreto, 163 euros que se le han facturado de más desde agosto por aplicación indebida del "tope del gas".

La energética estaba aplicando de forma indebida el Mecanismo Ajuste previsto en el Real Decreto Ley 10/2022, un concepto que solo puede ser aplicado por las comercializadoras a contratos con la tarifa PVPC, y en el mercado libre solo dentro de la península y a contratos que se hayan renovado o suscrito a partir del 26 de abril de 2022.

Contrato finalizado

El afectado, según la OCU de Aragón, formalizó distintas reclamaciones a la comercializadora porque su contrato finalizó en diciembre, pero Naturgy se limitaba a indicar "de forma genérica" que el usuario "había renovado su contrato", negando de esta manera que procediese la devolución de la cantidad reclamada.

"Tal alegación era infundada porque el consumidor tenía la posibilidad de cambiar de tarifa/precio por consumo dentro del contrato suscrito con su comercializadora, pero tales cambios no podían considerarse en ningún caso como una novación del contrato porque estaban previstos en el mismo", explica la Organización de Consumidores en su comunicado.

Un caso reincidente

No es un caso aislado: la OCU lleva detectando quejas por la "aplicación indebida del tope del gas" desde la actualización de precios por el mecanismo de ajuste en octubre.

Además, denuncian que no es el único punto problemático desde que entró en vigor esta medida. Se trata de la ausencia de referencias en el decreto a cómo las comercializadoras pueden o no pueden trasladar este coste que ellas tienen que asumir a sus clientes.

"Han sido necesarias dos documentos de la CNMC para resolver algunas cuestiones, y en cualquier caso la situación de indefensión del consumidor sigue siendo total, ya que sigue sin poder verificar si tiene que asumir ese coste y si el importe exacto que le está trasladando es el correcto", explican.