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"El servicio público penitenciario es una mera herramienta policial"

Luis Bárcenas.

Luis Bárcenas. / DAVID CASTRO

¿Puede Luis Bárcenas conseguir beneficios penitenciarios para su mujer negociando con la Administración? Sí. La Ley penitenciaria (1979) es la primera Ley orgánica de la democracia. Fue aprobada por unanimidad, es profundamente humanista y exige que los derechos individuales de los internos, no limitados por la ley, sean tutelados y garantizados institucionalmente.

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Por conveniencia y oportunidad políticas, han abundado las medidas excepcionales; se generaron soluciones extraordinarias a problemas de seguridad y orden público creados artificialmente, forzando la normativa penitenciaria hasta extremos que pervierten su mandato. La Institución está regida por dos Reglamentos (de 1981 y de 1996); necesita para ordenarse de innumerables instrucciones, circulares, programas, órdenes de dirección y otras disposiciones, y sus contrarias, que inciden directamente en la situación de los internos, sin que quepa impugnación alguna por su parte. El Tribunal Supremo (16-3-2009) condenó alguno de los abusos a que ha dado lugar tan amplio margen de discrecionalidad administrativa.

La respuesta política fue reformar el Reglamento de 1996 para dar categoría de Real Decreto (BOE 26/3/2011) a las disposiciones administrativas que convierten al servicio público penitenciario en una mera herramienta policial, que se aplica sobre personas ya privadas de libertad. Por lo tanto todo es posible, la discrecionalidad en el Ministerio de Interior es absoluta.

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