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"Las devoluciones en caliente niegan la personalidad jurídica de los inmigrantes"

El grupo de migrantes rescatados por la oenegé Open Arms en el Mediterráneo Central. 

El grupo de migrantes rescatados por la oenegé Open Arms en el Mediterráneo Central.  / SANTI PALACIOS (AP)

Cataléptico y perplejo me ha dejado la sentencia del supuesto Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo en la que, en un desmesurado ataque de cinismo y dando la espalda a la dura realidad de la inmigración, responsabiliza a los más desamparados de no haber entrado en España por medios legales y los acusa de «ponerse ellos mismos en situación ilegal».

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La Declaración Universal de Derechos Humanos estipula que se debe custodiar (art. 6) que todos tenemos derecho al reconocimiento de nuestra personalidad jurídica, (art. 9) que no se puede ser arbitrariamente detenido y (art. 14.1) que si se es perseguido, se puede buscar asilo en cualquier país.

Pues bien: las devoluciones en caliente al detener y expulsar inmediatamente, niegan la personalidad jurídica al impedir a los inmigrantes la posibilidad de identificarse y exponer sus circunstancias personales para ser asistidos por abogados, intérpretes o médicos.

La sentencia me erosiona el alma y me retrotrae a tiempos pretéritos que desearía olvidar. Parafraseando a Marx y Engels, ¿la vergüenza del envilecimiento recorre Europa: el envilecimiento del fascismo?

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